La improcedencia de un recurso administrativo contra el acuerdo que niega la condonación de una multa, obliga a su impugnación directa ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
El acuerdo que niega la tramitación de una condonación de multa es una resolución que causa un agravio no reparable por recurso administrativo, por lo que debe ser impugnado directamente ante el Tribunal Fiscal de la Federación. Lo anterior, en virtud de que la fracción IV del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación establece que las Salas de dicho tribunal conocerán de los juicios que se inicien contra cualquier resolución que cause un agravio no reparable por algún recurso administrativo.
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