La autoridad fiscal no está imposibilitada para determinar y cobrar impuestos por la falta de presentación de declaraciones por parte del contribuyente, ya que puede ejercer sus facultades mediante estimativas.
Se determina que la autoridad fiscal conserva sus facultades para determinar y cobrar impuestos aun cuando el contribuyente no presente sus declaraciones. La presentación de declaraciones es necesaria para calificarlas, pero la facultad del Fisco para exigir el pago no depende de la voluntad del causante. En caso de incumplimiento, el Fisco puede sustituir al contribuyente mediante la formulación de calificaciones estimativas.
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