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91/2016ConcedeSCJNConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La indemnización de veinte días de salario por cada año de servicios prestados procede cuando el despido es injustificado, aun cuando el trabajador reclame otras prestaciones.

Expediente
91/2016
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS
Fecha
25 may 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La indemnización de veinte días de salario por cada año de servicios prestados procede cuando el despido es injustificado, aun cuando el trabajador reclame otras prestaciones.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de la indemnización de veinte días de salario por cada año de servicios prestados en casos de despido injustificado. Se establece que esta indemnización es procedente incluso si el trabajador reclama otras prestaciones adicionales, como la devolución de retenciones de ISR. El fallo reitera la aplicación de jurisprudencia previa sobre el tema y ordena a la autoridad responsable dejar insubsistente el laudo combatido para emitir uno nuevo que resuelva la litis en los términos propuestos por las partes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.