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315/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La caducidad de la instancia en el juicio de nulidad, al anular todos los actos procesales y sus consecuencias, no afecta las relaciones de derecho sustantivo existentes entre las partes.

Expediente
315/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
4 oct 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La caducidad de la instancia en el juicio de nulidad, al anular todos los actos procesales y sus consecuencias, no afecta las relaciones de derecho sustantivo existentes entre las partes.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza los efectos de la caducidad de la instancia en el juicio de nulidad, específicamente lo dispuesto en el artículo 378 del Código Fiscal de la Federación. Se determina que la anulación de actos procesales y la consideración de la demanda como no presentada, derivada de la caducidad, no extingue las relaciones jurídicas sustantivas entre las partes, las cuales pueden ser reclamadas en un juicio posterior.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.