La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición fundada del Tribunal Colegiado de Circuito, del Fiscal General de la República o del Ejecutivo Federal.
El presente extracto se refiere a la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para atraer casos de amparo en revisión que revistan un interés y trascendencia particulares. Esta facultad puede ejercerse de oficio o a petición de diversas autoridades, incluyendo los Tribunales Colegiados de Circuito, el Fiscal General de la República y el Ejecutivo Federal, lo que subraya la importancia de la Corte en la definición de criterios jurídicos relevantes para el país.
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