El recurso de revisión adhesiva debe desecharse por extemporáneo cuando se presenta fuera del plazo legal, sin que el auto de admisión por error vincule al órgano colegiado a resolver el fondo del asunto.
El Tribunal Colegiado desechó el recurso de revisión adhesiva por extemporáneo, al determinar que fue presentado fuera del plazo legal de cinco días. Señaló que un auto de admisión emitido por error no vincula al órgano colegiado para resolver el fondo, ya que el error vicia el acto judicial y sus consecuencias pueden ser anuladas. Además, los agravios del quejoso resultaron inoperantes al no combatir frontalmente las causas de improcedencia decretadas por el Juez de Distrito, como la falta de acreditación del interés jurídico y la extemporaneidad de la demanda. Finalmente, se confirmó la sentencia recurrida y se sobreseyó en el juicio.
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