La portación de armas de fuego permitidas constituye una infracción administrativa, pero se actualiza el delito de portación de armas prohibidas si, además de aquellas, se emplean instrumentos punzocortantes.
La portación de armas de fuego permitidas no es un delito, sino una infracción administrativa. Sin embargo, si en la comisión de un hecho se utilizan, además de las armas de fuego permitidas, instrumentos punzocortantes como cuchillos, la conducta trasciende la esfera administrativa y se configura el delito de portación de armas prohibidas, al tratarse de un uso más peligroso y no contemplado en los reglamentos de policía y buen gobierno.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.