La interpretación de una norma jurídica implica desentrañar la voluntad del legislador para determinar lo que quiso decir y no está expresamente plasmado, a diferencia de la mera aplicación de su sentido gramatical.
El presente caso analiza la procedencia del recurso de revisión fiscal interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, específicamente cuando se invoca el artículo 248, párrafo cuarto, del Código Fiscal Federal. Se establece que el Tribunal Fiscal de la Federación satisface el requisito de aplicación de la norma cuando se limita a su sentido gramatical. Sin embargo, se considera que hay interpretación de la ley, y por ende, se cumple con el precepto, cuando se desentraña la voluntad del legislador para dilucidar lo que se quiso decir y no está explícitamente escrito.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.