Los contribuyentes, con excepción de los que integran el sistema financiero, están exentos de declarar operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio no exceda de $60,000,000.00 (sesenta millones de pesos).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversas reformas al Código Fiscal de la Federación y a la Resolución Miscelánea Fiscal, publicadas en 2013 y 2014, respectivamente. El debate se centró en la obligación de declarar ciertas operaciones financieras. El tribunal determinó que los contribuyentes, excluyendo a los del sistema financiero, no están obligados a declarar operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio sea inferior a $60,000,000.00.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.