La fundamentación de la competencia territorial de la Subtesorería de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, al ejercer facultades de fiscalización en coordinación con el Gobierno Federal, requiere la cita expresa del último párrafo del artículo 7 del Código Fiscal de la Ciudad de México, a fin de garantizar la seguridad jurídica del gobernado.
La contradicción de tesis analizó si la Subtesorería de Fiscalización de la Ciudad de México debe citar expresamente el último párrafo del artículo 7 del Código Fiscal local al ejercer facultades de fiscalización en coordinación con el Gobierno Federal. El Noveno Tribunal Colegiado consideró innecesaria la cita, argumentando que otros preceptos y el convenio de colaboración fundamentaban la competencia territorial. En contraste, el Décimo Octavo Tribunal Colegiado sostuvo que la cita expresa es indispensable para cumplir con la garantía de seguridad jurídica del artículo 16 constitucional. Este Pleno determinó que la cita expresa del último párrafo del artículo 7 es necesaria para una debida fundamentación.
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