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PRIMERA SALA

La omisión de la autoridad judicial de pronunciarse sobre la totalidad de las prestaciones reclamadas, como son los daños y perjuicios, transgrede las formalidades esenciales del procedimiento, al dejar en estado de indefensión a la parte actora.

Expediente
221/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
25 sep 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La omisión de la autoridad judicial de pronunciarse sobre la totalidad de las prestaciones reclamadas, como son los daños y perjuicios, transgrede las formalidades esenciales del procedimiento, al dejar en estado de indefensión a la parte actora.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza un caso donde se condenó al pago de un adeudo y a intereses, pero se omitió pronunciarse sobre los daños y perjuicios reclamados. El tribunal determina que esta omisión transgrede las formalidades esenciales del procedimiento, ya que deja en estado de indefensión a la parte actora al no resolver sobre todas las prestaciones reclamadas. Por lo tanto, se considera que la sentencia de origen incurrió en una violación a las formalidades esenciales del procedimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.