La omisión de la autoridad judicial de pronunciarse sobre la totalidad de las prestaciones reclamadas, como son los daños y perjuicios, transgrede las formalidades esenciales del procedimiento, al dejar en estado de indefensión a la parte actora.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza un caso donde se condenó al pago de un adeudo y a intereses, pero se omitió pronunciarse sobre los daños y perjuicios reclamados. El tribunal determina que esta omisión transgrede las formalidades esenciales del procedimiento, ya que deja en estado de indefensión a la parte actora al no resolver sobre todas las prestaciones reclamadas. Por lo tanto, se considera que la sentencia de origen incurrió en una violación a las formalidades esenciales del procedimiento.
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