La omisión de estudio de una pretensión por parte de la autoridad fiscal, al no pronunciarse sobre la totalidad de los argumentos planteados por el contribuyente, genera la obligación de reponer el procedimiento.
El tribunal concedió el amparo a la parte quejosa debido a que la autoridad fiscal omitió el estudio completo de sus argumentos. Al no pronunciarse sobre la totalidad de las pretensiones planteadas, la autoridad incurrió en una omisión de estudio, lo que obliga a reponer el procedimiento para que se analicen todos los planteamientos del contribuyente.
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