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1040/2015NiegaTCCreiterada 5×10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El Congreso de la Unión está facultado para establecer el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) sobre bebidas saborizadas con azúcar agregada, y dicho gravamen es compatible con los principios de igualdad, libre competencia, concurrencia, libre elección del consumidor y derecho a la alimentación, así como con los fines extrafiscales de combatir el sobrepeso y la obesidad.

Expediente
1040/2015
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
19 jun 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El Congreso de la Unión está facultado para establecer el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) sobre bebidas saborizadas con azúcar agregada, y dicho gravamen es compatible con los principios de igualdad, libre competencia, concurrencia, libre elección del consumidor y derecho a la alimentación, así como con los fines extrafiscales de combatir el sobrepeso y la obesidad.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el Congreso de la Unión tiene la facultad constitucional para establecer el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las bebidas saborizadas con azúcar agregada. El Máximo Tribunal determinó que este gravamen es compatible con diversos principios constitucionales y derechos humanos, incluyendo la igualdad tributaria, la libre competencia, el derecho a la alimentación y la libre elección del consumidor. Además, se consideró que el fin extrafiscal de combatir el sobrepeso y la obesidad, aunque no se destine la totalidad de lo recaudado a tal fin, se cumple con los requisitos de proporcionalidad y razonabilidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.