Los agravios deben controvertir directamente los fundamentos de la resolución impugnada para ser considerados como tales, pues las meras afirmaciones o la reiteración de argumentos ya desestimados no cumplen con tal exigencia.
El presente criterio establece que para que un argumento sea considerado como agravio, es indispensable que controvierta de manera directa los razonamientos expuestos en la resolución que se combate. Las afirmaciones que no atacan los fundamentos del fallo, o que reiteran argumentos previamente desestimados, no satisfacen el requisito de la impugnación efectiva, por lo que deben ser desestimadas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.