Artículo 168 de la LISR: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 168 de la LISR y las 1 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 1 abr 2024 · texto oficial (Cámara de Diputados)
En los ingresos por servicios de construcción de obra, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, o por actividades de inspección o supervisión relacionadas con ellos, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando se realice en el país.
El impuesto se determinará aplicando la tasa del 25% sobre el ingreso obtenido, sin deducción alguna, debiendo efectuar la retención la persona que haga los pagos.
Los contribuyentes que tengan representante en el país que reúna los requisitos establecidos en el artículo 174 de esta Ley, podrán optar por aplicar la tasa máxima para aplicarse sobre el excedente del límite inferior que establece la tarifa contenida en el artículo 152 de esta Ley, sobre la cantidad que resulte de disminuir al ingreso obtenido, las deducciones que autoriza el Título II de esta Ley, que directamente afecten a dicho ingreso, independientemente del lugar en que se hubieran efectuado. En este caso, el representante calculará el impuesto que resulte y lo enterará mediante declaración que presentará ante las oficinas autorizadas que correspondan al lugar donde se realiza la obra, dentro del mes siguiente al de la conclusión de la misma.
Resoluciones que aplican el artículo 168 de la LISR
- Registro digital 29560
La transferencia de los saldos de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro a favor de trabajadores extranjeros que han concluido su relación laboral en México y deciden retornar a su país de origen, debe ser reconocida y autorizada, en aplicación de los principios de justicia y seguridad social, ante la ausencia de una disposición legal expresa que lo prohíba y la necesidad de interpretar las nor
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 1 de la LISR (1 resoluciones en común)
- Artículo 154 de la LISR (1 resoluciones en común)
- Artículo 155 de la LISR (1 resoluciones en común)
- Artículo 157 de la LISR (1 resoluciones en común)
- Artículo 159 de la LISR (1 resoluciones en común)
- Artículo 161 de la LISR (1 resoluciones en común)
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Pregunta cómo lo han interpretado el TFJA, los tribunales colegiados y la SCJN, y recibe una respuesta con cada resolución citada.