Artículo 81 de la LISR: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 81 de la LISR y las 4 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 1 abr 2024 · texto oficial (Cámara de Diputados)
Las personas morales a que se refiere este Título, a excepción de las señaladas en el artículo 86 de esta Ley, de las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y de las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la misma, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los mencionados en los Capítulos IV, VI y VII del Título IV de esta Ley, con independencia de que los ingresos a que se refiere el citado Capítulo VI se perciban en moneda extranjera. Para estos efectos, serán aplicables las disposiciones contenidas en dicho Título y la retención que en su caso se efectúe tendrá el carácter de pago definitivo.
Los Fondos de inversión de deuda y de renta variable a que se refiere el artículo 87 de esta Ley no serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los señalados en el Capítulo VI del Título IV de la presente Ley y tanto éstos como sus integrantes o accionistas estarán a lo dispuesto en los artículos 87, 88 y 89 de la misma Ley.
Párrafo reformado DOF 18-11-2015
Resoluciones que aplican el artículo 81 de la LISR
- 190/2025
ARTÍCULO 1091 DEL CÓDIGO DE COMERCIO ELECCIÓN DEL JUZGADOR POR PARTE DEL ACTOR PRODUCE UN TRATO DESIGUAL ENTRE LAS PARTES Y ES CONTRARIO A LA EQUIDAD PROCESAL ROPEMAQ/JLOE
- VIII.3o. J/17
El contribuyente exento del pago del impuesto sobre la renta no puede acreditar el pago del impuesto al valor agregado ni obtener su devolución, al no cumplirse el requisito de haber estado obligado al pago del impuesto sobre la renta.
- VI.3o.A. J/33
El impuesto sustitutivo del crédito al salario, cuando se reclama como heteroaplicativo, se considera aplicado en la esfera jurídica del patrón en el momento en que realiza la declaración provisional del mismo, o bien, cuando no acredita el crédito al salario contra el impuesto sobre la renta en la declaración respectiva.
- 558 (H)
El contribuyente exento del pago del impuesto sobre la renta no puede acreditar el pago del impuesto al valor agregado, ni obtener saldo a favor o devolución del mismo, al no ubicarse en el supuesto normativo que lo autoriza.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 22 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 80 de la LISR (1 resoluciones en común)
- Artículo 80-A de la LISR (1 resoluciones en común)
- Artículo 80-B de la LISR (1 resoluciones en común)
- Artículo 83 de la LISR (1 resoluciones en común)
Más de esta ley
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Pregunta cómo lo han interpretado el TFJA, los tribunales colegiados y la SCJN, y recibe una respuesta con cada resolución citada.