Artículo 83 de la LISR: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 83 de la LISR y las 6 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 1 abr 2024 · texto oficial (Cámara de Diputados)
Las asociaciones o sociedades civiles, que se constituyan con el propósito de otorgar becas podrán obtener autorización para recibir donativos deducibles, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
I. Que las becas se otorguen para realizar estudios en instituciones de enseñanza que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación o, cuando se trate de instituciones del extranjero, éstas se encuentren reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
II. Que las becas se otorguen mediante concurso abierto al público en general y su asignación se base en datos objetivos relacionados con la capacidad académica del candidato.
III. Que cumplan con los requisitos a los que se refieren las fracciones II a VIII del artículo 82 de esta Ley.
Resoluciones que aplican el artículo 83 de la LISR
- 793/25-18-01-1
La autoridad fiscal está facultada para requerir la exhibición de la contabilidad y la documentación relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales, pero no puede exigir que esta se presente con integraciones o formalidades específicas no previstas en la ley.
LFPA art. 49LFPA art. 50LOTF art. 3LOTF art. 28LOTF art. 29 - 190/2025
ARTÍCULO 1091 DEL CÓDIGO DE COMERCIO ELECCIÓN DEL JUZGADOR POR PARTE DEL ACTOR PRODUCE UN TRATO DESIGUAL ENTRE LAS PARTES Y ES CONTRARIO A LA EQUIDAD PROCESAL ROPEMAQ/JLOE
- Registro digital 27111
Los trabajadores extranjeros que retornan a su país de origen tienen derecho a la devolución de los fondos acumulados en su subcuenta de vivienda, aun cuando no cumplan los requisitos legales ordinarios para ello, en aplicación de los principios generales de derecho y justicia social.
- Registro digital 25376
El principio de legalidad tributaria no se vulnera por la determinación de la tasa del impuesto especial sobre producción y servicios a través de un procedimiento que involucra variables de mercado y operaciones aritméticas, siempre que la ley establezca los supuestos normativos que impidan la actuación arbitraria de la autoridad y brinden un marco jurídico razonable a los contribuyentes.
- 1a./J. 40/2003
La norma que pretende liberar de responsabilidad solidaria a los patrones que no hubieran considerado ciertas cuotas para la determinación de un subsidio, al exigir el pago de actualización y recargos conforme a un artículo derogado, transgrede el principio de proporcionalidad tributaria al mantener la ultraactividad de una ley declarada inconstitucional.
- P. II/2002
La obligación de retener el impuesto sobre la renta a cargo de los trabajadores, con responsabilidad solidaria, impuesta a los patrones, les genera un agravio personal y directo.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 26 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 31 de la LISR (2 resoluciones en común)
- Artículo 79 de la LISR (2 resoluciones en común)
- Artículo 80-A de la LISR (2 resoluciones en común)
- Artículo 82 de la LISR (2 resoluciones en común)
- Artículo 113-J del CFF (1 resoluciones en común)
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Pregunta cómo lo han interpretado el TFJA, los tribunales colegiados y la SCJN, y recibe una respuesta con cada resolución citada.