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Ley del Impuesto al Valor Agregado

Artículo 26 de la LIVA: texto y jurisprudencia

El texto vigente del artículo 26 de la LIVA y las 1 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.

Texto vigente

Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 12 nov 2021 · texto oficial (Cámara de Diputados)

Se considera que se efectúa la importación de bienes o servicios:

I.- En el momento en que el importador presente el pedimento para su trámite en los términos de la legislación aduanera.

Fracción reformada DOF 28-12-1989

II.- En caso de importación temporal al convertirse en definitiva.

III.- Tratándose de los casos previstos en las fracciones II a IV del artículo 24 de esta Ley, en el momento en el que se pague efectivamente la contraprestación.

Cuando se pacten contraprestaciones periódicas, se atenderá al momento en que se pague cada contraprestación.

Fracción reformada DOF 30-12-2002

IV. En el caso de aprovechamiento en territorio nacional de servicios prestados por no residentes en el país, en el momento en el que se pague efectivamente la contraprestación.

Fracción reformada DOF 30-11-2016, 09-12-2019

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