Artículo 22 de la LIVA: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 22 de la LIVA y las 1 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 12 nov 2021 · texto oficial (Cámara de Diputados)
Cuando se otorgue el uso o goce temporal de un bien tangible, se tendrá obligación de pagar el impuesto en el momento en el que quien efectúa dicho otorgamiento cobre las contraprestaciones derivadas del mismo y sobre el monto de cada una de ellas.
Artículo reformado DOF 31-12-1998, 30-12-2002
Resoluciones que aplican el artículo 22 de la LIVA
- Registro digital 27039
La enajenación de obras de infraestructura y urbanización para otorgar disponibilidad de energía eléctrica, telecomunicaciones y agua potable a un inmueble destinado al uso industrial, está sujeta a la tasa general del Impuesto al Valor Agregado, al no actualizarse la exención prevista para la enajenación de suelo o construcciones destinadas a casa habitación.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 14 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 22 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 1 de la LIVA (1 resoluciones en común)
- Artículo 5 de la LIVA (1 resoluciones en común)
- Artículo 8 de la LIVA (1 resoluciones en común)
- Artículo 9 de la LIVA (1 resoluciones en común)
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Pregunta cómo lo han interpretado el TFJA, los tribunales colegiados y la SCJN, y recibe una respuesta con cada resolución citada.