Artículo 111 Bis del CFF: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 111 Bis del CFF y las 4 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 9 abr 2026 · texto oficial (Cámara de Diputados)
Se impondrá sanción de 3 a 8 años de prisión a quien:
I. No cuente con los controles volumétricos de hidrocarburos o petrolíferos a que hace referencia el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código, o contando con éstos, los altere, inutilice o destruya.
Fracción reformada DOF 12-11-2021
II. No cuente con los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos referidos en el artículo 28, fracción I, apartado B de este ordenamiento, o contando con éstos, no los mantenga en operación en todo momento, los altere, inutilice o destruya.
Fracción reformada DOF 12-11-2021
III. No cuente con los certificados que acrediten la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos mencionados en el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código, o contando con éstos, los altere o falsifique.
Fracción reformada DOF 12-11-2021
IV. Proporcione a la autoridad fiscal registros falsos, incompletos o inexactos en los controles volumétricos a que hace referencia el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código.
Fracción adicionada DOF 12-11-2021
V. Cuente, instale, fabrique o comercialice cualquier sistema o programa cuya finalidad sea alterar los registros de volumen o de la información contenida en los equipos o programas informáticos para llevar controles volumétricos referidos en el artículo 28, fracción I, apartado B de este ordenamiento.
Fracción adicionada DOF 12-11-2021
VI. Haya dado cualquier efecto fiscal a los comprobantes fiscales expedidos por un contribuyente incluido en el listado a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo de este Código, que amparen la adquisición de cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero, sin que haya demostrado la materialización de dichas operaciones o corregido su situación fiscal dentro del plazo legal establecido en el octavo párrafo del citado artículo.
Fracción adicionada DOF 12-11-2021
Se impondrá pena de prisión de 6 a 12 años a quien enajene hidrocarburos o petrolíferos de procedencia ilícita. Se considerará que los hidrocarburos o petrolíferos enajenados son de procedencia ilícita cuando:
a) Exista una diferencia de más del 1.5% tratándose de hidrocarburos y petrolíferos líquidos o de 3% tratándose de hidrocarburos y petrolíferos gaseosos, en el volumen final de un mes de calendario, obtenido de sumar al volumen inicial en dicho periodo, las recepciones de producto y restar las entregas de producto de acuerdo con los controles volumétricos, en el mes revisado, con respecto al registro de volumen final del tanque medido por cada producto de cada instalación de acuerdo al reporte de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código.
b) Los litros de los hidrocarburos o petrolíferos, de acuerdo con los registros de entrega de los controles volumétricos, excedan, en más del 1.5% tratándose de hidrocarburos y petrolíferos líquidos o de 3% tratándose de hidrocarburos y petrolíferos gaseosos, de los que haya vendido de acuerdo con los litros amparados en el comprobante fiscal de la venta, y que reúnan requisitos fiscales, en el mes revisado.
c) Los litros de los hidrocarburos o petrolíferos, de acuerdo con los registros de entrega de los controles volumétricos, excedan, en más del 1.5% tratándose de hidrocarburos y petrolíferos líquidos o de 3% tratándose de hidrocarburos y petrolíferos gaseosos, de los que haya recibido de acuerdo con los litros amparados en el comprobante fiscal de la compra, que reúna requisitos fiscales, o en los pedimentos de importación, considerando la capacidad total de los tanques o las existencias de acuerdo con los controles volumétricos, en el mes revisado.
Párrafo con incisos adicionado DOF 12-11-2021
Para proceder penalmente por este delito será necesario que previamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público formule querella, independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que en su caso se tenga iniciado.
Resoluciones que aplican el artículo 111 Bis del CFF
- Registro digital 32849
La suspensión de la aplicación de la fracción VI de la Regla 2.6.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, que obliga a las personas que almacenen petrolíferos para usos propios o cuenten con instalaciones fijas para la recepción de gas natural para autoconsumo a llevar controles volumétricos, no procede, ya que de concederse se causaría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden p
- 89/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una contradicción de criterios, debe determinar si es procedente conceder la suspensión en un juicio de amparo respecto de la aplicación de una regla de la Miscelánea Fiscal que impone la obligación de contar con controles volumétricos y certificados para la recepción de gas natural para autoconsumo.
- 363/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 363/2023, determinó que las disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2022, así como su Anexo 1-A, que establecen obligaciones en materia de controles volumétricos para hidrocarburos y petrolíferos, son inconstitucionales por invadir la esfera de competencia del Poder Legislativo.
- Registro digital 30988
La suspensión provisional no debe concederse respecto de las obligaciones de control volumétrico de hidrocarburos y petrolíferos, al contravenir el interés social y el orden público.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 28 del CFF (4 resoluciones en común)
- Artículo 55 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 56 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 69-B del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 81 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 82 del CFF (1 resoluciones en común)
Más de esta ley
Todos los artículos del CFF · Ley del Impuesto sobre la Renta · Ley del Impuesto al Valor Agregado
Investiga el artículo 111 Bis del CFF con IA
Pregunta cómo lo han interpretado el TFJA, los tribunales colegiados y la SCJN, y recibe una respuesta con cada resolución citada.