Artículo 101 del CFF: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 101 del CFF y las 5 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 9 abr 2026 · texto oficial (Cámara de Diputados)
No procede la substitución y conmutación de sanciones o cualquier otro beneficio a los sentenciados por delitos fiscales, cuando se trate de los delitos previstos en los artículos 102 y 105 fracciones I a la IV cuando les correspondan las sanciones previstas en las fracciones II y III segundo párrafo del artículo 104; 108 y 109 cuando les correspondan las sanciones dispuestas en la fracción III del artículo 108, todos de este Código. En los demás casos, además de los requisitos señalados en el Código Penal aplicable en materia federal, será necesario comprobar que los adeudos fiscales están cubiertos o garantizados a satisfacción de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Resoluciones que aplican el artículo 101 del CFF
- 170/2025
La condena por defraudación fiscal equiparada se modifica para absolver al sentenciado respecto de la hipótesis relativa al Impuesto al Valor Agregado, al no acreditarse plenamente uno de sus elementos típicos, y se mantiene la condena por la modalidad de consignar ingresos menores en la declaración del Impuesto Sobre la Renta.
- 3137/2024
La imputación de responsabilidad penal por el delito de defraudación fiscal a un administrador o directivo de una persona moral no deriva por sí misma del cargo que ostenta, sino que es indispensable demostrar su intervención directa o indirecta como autor o partícipe en la comisión del ilícito, a través de actos concretos que lo vinculen con la conducta reprochada.
- 99/2023
La improcedencia de los sustitutivos de la pena de prisión y la condena condicional se determina con base en los elementos del proceso penal y las exigencias del artículo 101, última parte, del Código Fiscal de la Federación.
- Registro digital 30728
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa carece de competencia para conocer de créditos fiscales determinados por autoridades estatales, aun cuando se trate de impuestos sobre nóminas, pues dicha materia corresponde a los tribunales de justicia administrativa de las entidades federativas.
CPEUM art. 116CPEUM art. 73CPEUM art. 104LFPA art. 2LO TFJFA art. 3 - Registro digital 25091
La defraudación fiscal equiparada se actualiza cuando el contribuyente declara ingresos menores a los realmente obtenidos, sin importar si la omisión se realiza a través de una declaración o por otros medios, siempre que exista engaño o aprovechamiento de errores en perjuicio del fisco federal.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 108 del CFF (3 resoluciones en común)
- Artículo 95 del CFF (3 resoluciones en común)
- Artículo 100 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 109 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 110 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 111 del CFF (2 resoluciones en común)
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