Artículo 109 del CFF: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 109 del CFF y las 51 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 9 abr 2026 · texto oficial (Cámara de Diputados)
Será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal, quien:
I. Consigne en las declaraciones que presente para los efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o valor de actos o actividades menores a los realmente obtenidos o realizados o determinados conforme a las leyes. En la misma forma será sancionada aquella persona física que perciba ingresos acumulables, cuando realice en un ejercicio fiscal erogaciones superiores a los ingresos declarados en el propio ejercicio y no compruebe a la autoridad fiscal el origen de la discrepancia en los plazos y conforme al procedimiento establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
II. Omita enterar a las autoridades fiscales, dentro del plazo que la ley establezca, las cantidades que por concepto de contribuciones hubiere retenido o recaudado.
III. Se beneficie sin derecho de un subsidio o estímulo fiscal.
IV. Simule uno o más actos o contratos obteniendo un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.
V. Sea responsable por omitir presentar por más de doce meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente.
VI. (Se deroga)
VII. (Se deroga)
VIII. Darle efectos fiscales a los comprobantes digitales cuando no reúnan los requisitos de los artículos 29 y 29-A de este Código.
No se formulará querella, si quien encontrándose en los supuestos anteriores, entera espontáneamente, con sus recargos, el monto de la contribución omitida o del beneficio indebido antes de que la autoridad fiscal descubra la omisión o el perjuicio, o medie requerimiento, orden de visita o cualquier otra gestión notificada por la misma, tendiente a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Resoluciones que aplican el artículo 109 del CFF
Las 30 más recientes de 51. Para filtrarlas por fuente, fecha o sentido del fallo, usa el buscador.
- 885/21-01-02-8
La falta de fundamentación y motivación en una cédula de liquidación de cuotas obrero-patronales, al no individualizar las fracciones del artículo 29 de la Ley del Seguro Social aplicables a cada trabajador y las razones para su aplicación, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado.
LFCA art. 51LFCA art. 52LFCA art. 6LFCA art. 36LFCA art. 60 - 408/2025
La sentencia absolutoria se confirma al no acreditarse los elementos del tipo penal de defraudación fiscal y equiparada calificada.
- 100/2013
La responsabilidad penal por defraudación fiscal y equiparable se configura cuando el contribuyente omite enterar al fisco federal las contribuciones causadas, sin que sea necesario acreditar la intención de obtener un lucro indebido o causar un perjuicio a la hacienda pública.
- 34/2026
La revocación de un fallo absolutorio y la consecuente emisión de uno condenatorio, así como la confirmación de otro fallo condenatorio y la reposición de la audiencia de individualización de penas, son procedentes cuando se demuestra la plena responsabilidad penal en la comisión del delito de defraudación fiscal equiparada, conforme a las fracciones y artículos del Código Fiscal de la Federación aplicables al moment
- 170/2025
La condena por defraudación fiscal equiparada se modifica para absolver al sentenciado respecto de la hipótesis relativa al Impuesto al Valor Agregado, al no acreditarse plenamente uno de sus elementos típicos, y se mantiene la condena por la modalidad de consignar ingresos menores en la declaración del Impuesto Sobre la Renta.
- 2051/2024
La inconstitucionalidad de un precepto legal debe analizarse en el contexto de su aplicación directa en el acto reclamado, no en procedimientos o etapas distintas del proceso.
- 53/2023
La equiparación de los delitos fiscales a la delincuencia organizada, para efectos de la prisión preventiva oficiosa, es inconstitucional cuando no se actualizan los elementos propios de la delincuencia organizada ni se afecta la seguridad nacional.
- 16/2015
La responsabilidad penal por los delitos de defraudación fiscal y defraudación fiscal equiparada se configura cuando el sujeto activo, en su calidad de administrador único de una persona moral, omite el pago de las contribuciones fiscales correspondientes, generando un perjuicio al erario.
- Registro digital 33427
La orden de aprehensión, como medio de conducción al proceso penal, es una figura distinta a las medidas cautelares, pues su finalidad es única y exclusivamente garantizar la presencia del imputado ante el órgano jurisdiccional para la formulación de la imputación o para la continuación de un proceso ya iniciado, sin que justifique su permanencia en un centro de reclusión.
- Registro digital 33392
La presunción de ingresos por parte de la autoridad fiscal, basada en información de terceros, es legalmente válida si se actualiza el supuesto del artículo 62, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, y el contribuyente no desvirtúa dicha presunción con prueba en contrario que acredite la efectiva percepción de los ingresos en un ejercicio fiscal distinto.
- 62/2014
Se acredita la defraudación fiscal equiparable y se condena al sentenciado a tres años de prisión, pena que se tiene por compurgada, decretándose su inmediata libertad en lo que a esta causa penal respecta.
- 6368/2023
El secreto bancario no es absoluto y puede ser levantado por el Ministerio Público para la investigación de delitos fiscales, siempre que se cumplan los requisitos legales y se acredite la necesidad para el esclarecimiento de los hechos.
- 603/2024
La aclaración de sentencia en el juicio de amparo es improcedente cuando la resolución emitida no presenta ambigüedad, oscuridad o incongruencia, y no se actualiza alguna cuestión de constitucionalidad o interés excepcional que justifique su procedencia.
- 5478/2023
La interpretación de los artículos 108, fracción III, y 109, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, vigente en 1998, no contraviene el derecho humano de prohibición de la prisión por deudas de carácter civil, ni la prohibición de penas trascendentales, al sancionar la conducta de declarar ingresos menores a los realmente obtenidos, pues se trata de un delito fiscal y no de una deuda civil.
- 956/2024
El recurso de revisión adhesiva interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es oportuno si se presenta dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la admisión del recurso de revisión principal.
- 5428/2023
- 603/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el recurso de revisión 603/2024, determinó que la falta de estudio oficioso de la querella por parte de la sala responsable, la consignación por un delito distinto al que se formuló la querella, la omisión de requerimientos y invitaciones previas al contribuyente, la contradicción en la opinión técnica contable y la ausencia de depósitos bancarios relevantes, con
- 63/2024
- 18/2024
CONFIRMA AUTO PROCURADURÍA FISCAL DE LA FEDERACIÓN
- 343/2023
Delito de defraudación fiscal equiparada, la declaratoria de nulidad por un vicio procedimental (facultades) del acto administrativo no exime de responsabilidad penal ni torna inexistente la conducta atribuida a la persona.
- 3917/2023
La nulidad de un crédito fiscal en el ámbito administrativo, derivada de la ilegal obtención de pruebas como estados de cuenta bancarios, no impide que dichas pruebas, aun ilícitas, puedan ser valoradas en un proceso penal para acreditar la comisión de delitos, siempre que se cumplan las exigencias constitucionales y legales para su obtención en dicho ámbito.
- 465/2023
La confirmación del auto de formal prisión por defraudación fiscal y equiparada se sustenta en la acreditación del cuerpo de los delitos y la probable responsabilidad del encausado, sin que opere la prescripción de la acción penal en los términos planteados por la defensa.
CPEUM art. 94CPEUM art. 104CPEUM art. 16CPEUM art. 17CPEUM art. 20 - Registro digital 32232
La facultad de las autoridades hacendarias federales para requerir información bancaria a las instituciones financieras para fines fiscales, sin autorización judicial, es constitucional, pues el derecho a la privacidad no es absoluto y puede ser limitado cuando sea necesario para proteger otros derechos o intereses legítimos, siempre que la medida esté prevista en ley, persiga un fin legítimo y sea idónea, necesaria
- 3/2017
La condena por los delitos de defraudación fiscal y equiparable, al no prever pena de multa, impide su imposición, aun cuando la representación social la solicite.
- Registro digital 31809
El delito de defraudación fiscal equiparada, previsto en el artículo 109, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, no es violatorio del principio de mínima intervención o ultima ratio, ni del principio de proporcionalidad, al proteger el sistema recaudatorio y el erario público, bienes jurídicos de carácter público y fundamental para el Estado.
- 653/2022
El delito de defraudación fiscal equiparada, previsto en el artículo 109, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, no es violatorio del principio de mínima intervención o ultima ratio, en su implicación con el diverso principio de proporcionalidad, previsto en el artículo 22 constitucional.
- 109/2023
La discrepancia fiscal, consistente en erogaciones superiores a los ingresos declarados, no configura por sí sola el delito de defraudación fiscal equiparada, sino que requiere la realización previa del procedimiento establecido en el artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- 112/2023
SENTENCIA QUE MOFIFICA LA PENA DE PRISION DE INDICIADO
- Registro digital 31240
La fracción I del artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, vigente en dos mil diez, no contraviene el principio de taxatividad.
- 58/2021
El artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, al permitir al Ministerio Público solicitar información financiera de una persona sujeta a investigación penal sin control judicial previo, vulnera el derecho a la privacidad en su vertiente de secreto bancario, contraviniendo el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 108 del CFF (44 resoluciones en común)
- Artículo 95 del CFF (12 resoluciones en común)
- Artículo 92 del CFF (7 resoluciones en común)
- Artículo 105 del CFF (3 resoluciones en común)
- Artículo 2 del CFF (3 resoluciones en común)
- Artículo 1 del CFF (2 resoluciones en común)
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