Artículo 130 de la LISR: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 130 de la LISR y las 3 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 1 abr 2024 · texto oficial (Cámara de Diputados)
Se consideran ingresos por adquisición de bienes:
I. La donación.
II. Los tesoros.
III. La adquisición por prescripción.
IV. Los supuestos señalados en los artículos 125, 160 y 161 de esta Ley.
V. Las construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en bienes inmuebles que, de conformidad con los contratos por los que se otorgó su uso o goce, queden a beneficio del propietario. El ingreso se entenderá que se obtiene al término del contrato y en el monto que a esa fecha tengan las inversiones conforme al avalúo que practique persona autorizada por las autoridades fiscales.
Tratándose de las fracciones I a III de este artículo, el ingreso será igual al valor de avalúo practicado por persona autorizada por las autoridades fiscales. En el supuesto señalado en la fracción IV de este mismo artículo, se considerará ingreso el total de la diferencia mencionada en el artículo 125 de la presente Ley.
Resoluciones que aplican el artículo 130 de la LISR
- Registro digital 29112
Las sociedades cooperativas de producción no enfrentan una prohibición legal para subcontratar personal, siempre que dicha subcontratación se ajuste a los supuestos excepcionales previstos en el artículo 65 de la Ley General de Sociedades Cooperativas y cumpla con los requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo para el régimen de subcontratación.
CPEUM art. 107CPEUM art. 94LGSM art. 1LGSM art. 10LGSM art. 11 - Registro digital 27734
El emplazamiento de los terceros interesados en un juicio contencioso administrativo federal, en el que se impugna una resolución que ordena el reparto adicional de utilidades, debe ordenarse únicamente a las personas y en el domicilio señalados por el actor, sin que la autoridad judicial deba investigar por su cuenta quiénes son o dónde se encuentran.
- Registro digital 25132
La determinación presuntiva de ingresos, derivada de depósitos bancarios no registrados en contabilidad, obliga a la autoridad fiscal a calcular también presuntivamente la utilidad fiscal, aplicando los coeficientes establecidos en el artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pues dicho precepto contiene una facultad reglada y no discrecional.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 10 de la LISR (2 resoluciones en común)
- Artículo 55 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 56 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 59 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 60 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 61 del CFF (1 resoluciones en común)
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