Artículo 129 del CFF: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 129 del CFF y las 118 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 9 abr 2026 · texto oficial (Cámara de Diputados)
(Se deroga).
Sección Tercera Del Trámite y Resolución de los Recursos
Resoluciones que aplican el artículo 129 del CFF
Las 30 más recientes de 118. Para filtrarlas por fuente, fecha o sentido del fallo, usa el buscador.
- 847/26-09-01-6
La nulidad lisa y llana de la resolución que impone multas por infracciones laborales procede cuando las órdenes de inspección que le dieron origen carecen de la debida fundamentación de la competencia material de la autoridad emisora, al citar un reglamento reformado sin la debida precisión y sin invocar las disposiciones vigentes.
LFPA art. 47LFPA art. 49LFPA art. 58-1LFPA art. 58-12LFPA art. 58-13 - 730/26-17-11-6
El acta de verificación es nula si no se levanta en presencia de dos testigos, pues su ausencia constituye una formalidad esencial del procedimiento administrativo cuya inobservancia genera un vicio insubsanable que trasciende a la resolución impugnada.
LFPA art. 62LFPA art. 63LFPA art. 64LFPA art. 65LFPA art. 66 - 4782/25-EAR-01-2
La caducidad del procedimiento administrativo de verificación sanitaria opera cuando la autoridad, tras el vencimiento del plazo para emitir el acuerdo de inicio del procedimiento sancionador, no notifica dicho acuerdo dentro del término legalmente establecido, lo cual extingue sus facultades para continuar con el procedimiento sancionador.
LFPA art. 1LFPA art. 2LGS art. 17 bisLFPA art. 60LGS art. 428 - 1623/26-EAR-01-5
La competencia de un "Encargado de Despacho" para emitir una orden de inspección ambiental se considera debidamente fundada si se citan los preceptos legales que otorgan facultades materiales y territoriales, sin que sea exigible la fundamentación por razón de grado cuando no existe una estructura jerárquica que lo requiera.
- 1754/26-03-01-2
La notificación de una resolución administrativa es ilegal si el citatorio no contiene el domicilio donde se practicó la diligencia, y la falta de firma autógrafa en la resolución impugnada, así como la caducidad del procedimiento administrativo sancionador, son causas de nulidad de dicha resolución.
LFPA art. 16LFPA art. 35LFPA art. 36LFPA art. 51LFPA art. 52 - 4520/25-03-01-5
La notificación de actos administrativos es legalmente válida si el notificador se cerciora de estar en el domicilio fiscal correcto, aun cuando no cite la calle específica, siempre que dicho domicilio coincida con el proporcionado por el contribuyente ante la autoridad y se cumplan los demás requisitos formales.
- 319/26-23-01-5
La caducidad de las facultades de la autoridad para emitir una resolución administrativa opera cuando transcurren los plazos legales previstos para su emisión y notificación, sin que la autoridad actúe, lo que genera la nulidad de la resolución emitida fuera de dicho término.
LFPA art. 60LFPA art. 74LFPA art. 2LFPA art. 32LFPA art. 68 - 2345/22-11-02-6/506/24-PL-07-04[06]
La facultad de atracción del Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa se actualiza cuando los juicios, por su materia, conceptos de impugnación o cuantía, se consideran de interés y trascendencia, como ocurre cuando el valor del crédito fiscal excede una suma considerable.
- 8858/26-17-09-7
La obligación de presentar las pólizas de seguro de daños y responsabilidad civil ante la autoridad competente dentro del plazo legal establecido, no se satisface únicamente con la contratación de dichas pólizas, sino también con su acreditación oportuna, pues de lo contrario se actualiza el incumplimiento que da lugar a la sanción.
LFPA art. 1LFPA art. 46LFPA art. 52LFPA art. 58-1LFPA art. 58-12 - 377/23-03-02-7
La fundamentación de la competencia de las autoridades fiscales en los actos de molestia, como las órdenes de visita domiciliaria, debe incluir la cita de los preceptos legales que otorgan facultades a la autoridad emisora, así como las circunstancias específicas que motivan el acto, sin que sea exigible la cita de la competencia por grado cuando las unidades administrativas no operan bajo una estructura jerárquica e
- 5416/25-03-01-6
La notificación de actos administrativos que se realiza a un tercero en el domicilio del contribuyente, para ser válida, debe contener la circunstanciación de los datos que permitan concluir que se practicó en el domicilio señalado, que se buscó al contribuyente o a su representante, y que ante la ausencia de éstos se entendió la diligencia con quien se encontraba en el domicilio, así como la razón por la cual esa pe
- 4394/25-EAR-01-7
La imposición de la multa mínima prevista en la ley no requiere una motivación exhaustiva sobre la gravedad de la infracción o la capacidad económica del infractor, pues basta la acreditación de la conducta infractora y la adecuación del precepto legal que la sanciona.
- 947/26-EAR-01-7
La notificación de una resolución administrativa es legalmente válida si la constancia respectiva contiene el número de expediente correcto, aun cuando la parte actora alegue una divergencia en dicho número, si de las constancias se acredita la correspondencia entre la diligencia de notificación y la resolución impugnada.
- 833/26-01-02-9
La determinación del valor en aduana de mercancías importadas, cuando se realiza conforme al artículo 78 de la Ley Aduanera, requiere que la autoridad exprese con precisión las razones de hecho que sustentan su conclusión, a fin de cumplir con la garantía de debida motivación.
LO TFJA art. 48LFCA art. 58-1LFCA art. 58-13LO TFJA art. 36LO TFJA art. 3 - 1726/26-EAR-01-6
La sanción impuesta por la autoridad ambiental es legalmente válida, al haberse acreditado las infracciones y considerado los elementos de individualización de la multa conforme a la ley, sin que la parte actora haya desvirtuado los fundamentos de la resolución impugnada.
LO TFJA art. 3LO TFJA art. 28LO TFJA art. 59RLO TFJA art. 12RLO TFJA art. 50 - 2959/26-17-03-2
La caducidad de los procedimientos administrativos, tanto el de inspección como el sancionador, opera si la autoridad no respeta los plazos para la emisión y notificación de los actos procesales, pues de lo contrario se genera inseguridad jurídica para el particular.
LFPA art. 60LFPA art. 39LFPA art. 28LFPA art. 36LFPA art. 38 - 817/26-EAR-01-6
La falta de señalamiento expreso de la competencia territorial en un acto de autoridad federal no genera ilegalidad, toda vez que, por regla general, dichas autoridades cuentan con competencia en todo el territorio nacional, salvo limitación expresa del titular del Poder Ejecutivo.
LFPA art. 49LFPA art. 50LFPA art. 47LFPA art. 46LFPA art. 52 - 2048/25-12-01-1
La caducidad de los procedimientos administrativos iniciados de oficio opera cuando la autoridad no emite la resolución dentro de los plazos legales establecidos, lo cual extingue sus facultades sancionadoras.
LO TFJA art. 31LO TFJA art. 59LFPA art. 49LFPA art. 50LFPA art. 1 - 118/26-23-01-7
La nulidad de una resolución que niega la modificación de un título de concesión de agua debe declararse cuando la autoridad no motiva debidamente la negativa, al no detallar las solicitudes previas, el orden de prelación, ni los criterios aplicados para la preferencia de nuevas concesiones o incrementos, impidiendo al solicitante ejercer una defensa adecuada.
- 2896/24-12-01-3
La notificación de actos administrativos vía buzón tributario se considera legalmente efectuada si se cumplen las formalidades establecidas en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, aun cuando existan discrepancias en los números de folio, siempre que otros elementos permitan identificar plenamente el acto notificado.
- 475/24-12-01-2
La determinación presuntiva de ingresos por depósitos bancarios no documentados, realizada por la autoridad fiscal, es correcta cuando el contribuyente, aunque haya cambiado de régimen fiscal, no acredita el origen de dichos depósitos, pues subsiste la obligación de conservar la contabilidad y documentación relativa al régimen anterior en el que sí estaba obligado a llevarla.
- 525/26-13-02-1
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) se encuentra exenta del pago de aportaciones al INFONAVIT si otorga a sus trabajadores prestaciones en materia de habitación superiores al porcentaje establecido en el artículo 136 de la Ley Federal del Trabajo, conforme al Tercero Transitorio de las reformas a dicha ley de 1972.
LFPC art. 58-2LO TFJA art. 3LO TFJA art. 28LO TFJA art. 31LO TFJA art. 34 - 1091/26-06-02-4
La nulidad de una multa impuesta por la Guardia Nacional debe declararse cuando el servidor público comisionado omite asentar en la boleta de infracción los datos esenciales del oficio de comisión, como la fecha de expedición y la dependencia emisora, afectando la seguridad jurídica del gobernado y su derecho de defensa.
LFPA art. 3LFPA art. 50LFPA art. 51LFPA art. 58-13LFPA art. 60 - 88/26-27-01-5
La Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determina que la autoridad fiscal sí fundó y motivó adecuadamente las multas impuestas, al detallar las conductas infractoras, los preceptos legales aplicables y los elementos considerados para la individualización de la sanción, desvirtuando los argumentos de la parte actora sobre falta de fundamentación y proporcionalidad.
LFPA art. 58-13LO TFJA art. 31LO TFJA art. 36LO TFJA art. 48LFPA art. 46 - 151/26-06-04-4
La nulidad de una boleta de infracción procede cuando la autoridad que la emite no funda ni motiva debidamente su competencia, al no precisar los preceptos legales y reglamentarios que le otorgan facultades materiales y territoriales para emitir dicho acto.
LFPA art. 3LFPA art. 58-13LFPA art. 51LFPA art. 52LFPA art. 8 - 2597/20-01-02-8
La nulidad de las cédulas de liquidación de cuotas obrero-patronales y sus multas procede cuando la autoridad fiscal omite citar la fracción aplicable del artículo 29 de la Ley del Seguro Social que corresponde a los supuestos específicos de cotización por días laborados o periodos menores a una semana, incurriendo en una deficiente fundamentación y motivación del acto de cobro.
LFPTA art. 58-2LFPTA art. 2LFPTA art. 58-13LOJTFA art. 3LOJTFA art. 31 - 1398/20-01-02-8
La falta de fundamentación y motivación en la determinación de las cuotas obrero-patronales, al no precisar la fracción específica del artículo 29 de la Ley del Seguro Social aplicable al caso concreto, genera la nulidad de la cédula de liquidación y la multa impuesta.
LFPA art. 49LFPA art. 50LFPA art. 58-1LFPA art. 58-12LFPA art. 58-13 - 2434/20-01-02-8
Las cédulas de liquidación emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social son nulas cuando la autoridad cita genéricamente el artículo 29, fracciones I y II, de la Ley del Seguro Social, sin motivar las razones específicas por las cuales aplica dichas hipótesis normativas a la situación particular del contribuyente, contraviniendo así el principio de legalidad y seguridad jurídica.
LFPA art. 49LFPA art. 50LFPA art. 58-1LFPA art. 58-12LFPA art. 58-13 - 2911/20-01-02-8
La falta de fundamentación y motivación en la determinación de la base de cotización de las cuotas obrero-patronales, al no citar la fracción aplicable del artículo 29 de la Ley del Seguro Social y explicar las razones específicas para su aplicación, genera la nulidad de la cédula de liquidación y la multa impuesta.
LFPTA art. 36LFPTA art. 60LFPTA art. 58-2LFPTA art. 2LFPTA art. 58-13 - 2317/20-01-02-8
La nulidad de una cédula de liquidación de cuotas obrero-patronales procede cuando la autoridad fiscal, al determinar la base de cotización, omite citar la fracción III del artículo 29 de la Ley del Seguro Social, aun cuando haya invocado las fracciones I y II, si en el caso concreto se actualiza el supuesto de la fracción III, al existir trabajadores con periodos de cotización inferiores a una semana.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 202 del CFF (84 resoluciones en común)
- Artículo 38 del CFF (24 resoluciones en común)
- Artículo 200 del CFF (18 resoluciones en común)
- Artículo 137 del CFF (16 resoluciones en común)
- Artículo 134 del CFF (14 resoluciones en común)
- Artículo 68 del CFF (13 resoluciones en común)
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