Artículo 230 del CFF: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 230 del CFF y las 7 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 9 abr 2026 · texto oficial (Cámara de Diputados)
(Se deroga).
Resoluciones que aplican el artículo 230 del CFF
- 2533/25-03-01-4
La autoridad fiscal debe valorar de manera conjunta y adminiculada las pruebas aportadas por el contribuyente para acreditar la materialidad de las operaciones, y no basarse únicamente en la presunción de inexistencia de operaciones por la inclusión del proveedor en el listado del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
- 0030-2022-02-C-25-01-03-02-L
La confirmativa ficta opera cuando la autoridad fiscal no resuelve el recurso de revocación dentro del plazo de tres meses, confirmando tácitamente el acto impugnado y permitiendo al recurrente impugnar dicha confirmación.
- Registro digital 33523
La obtención de información bancaria por parte del Ministerio Público sin autorización judicial previa, incluso antes de la vigencia de criterios jurisprudenciales que la exigen, constituye una violación al derecho a la intimidad y al secreto bancario, resultando en la ilicitud de las pruebas obtenidas y su exclusión del proceso penal.
- Registro digital 26440
La subcontratación de personal, para efectos del Impuesto al Valor Agregado, debe analizarse a la luz de la Ley Federal del Trabajo, en específico su artículo 15-A, para determinar si la operación encuadra en el supuesto excluyente de prestación de servicios independientes.
- Registro digital 251209
Las Salas del Tribunal Fiscal de la Federación, al examinar el desvío de poder respecto de la cuantía de la multa, están capacitadas para fijar la sanción, al estudiar las circunstancias de la infracción, sus consecuencias y las condiciones personales del causante, sin contravenir el artículo 230 del Código Fiscal de la Federación.
- Registro digital 237847
El Tribunal Fiscal de la Federación carece de facultades para determinar el monto de las multas fiscales en sus sentencias, pues la imposición de estas sanciones es atribución exclusiva de las autoridades fiscales.
- Registro digital 257436
La nulidad de una resolución impugnada debe decretarse desde luego si se fundan los conceptos de anulación en vicios del procedimiento anterior a la resolución, con apoyo en el artículo 228, inciso b), del Código Fiscal de la Federación, sin necesidad de analizar los demás conceptos de anulación.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 234 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 40 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 42 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 5 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 69-B del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 1-B del CFF (1 resoluciones en común)
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