Artículo 214 del CFF: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 214 del CFF y las 9 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 9 abr 2026 · texto oficial (Cámara de Diputados)
(Se deroga).
Resoluciones que aplican el artículo 214 del CFF
- 2339/26-07-02-6
La nulidad de una boleta de infracción procede si la autoridad que la emite no cita los preceptos legales que fundamentan su competencia, máxime si la ley invocada ya ha sido abrogada.
LFPA art. 50LFPA art. 58-1LFPA art. 58-13LO TFJA art. 3LO TFJA art. 28 - 14624/24-17-05-2
La nulidad lisa y llana de la resolución determinante de créditos fiscales procede cuando la autoridad demandada no acredita la existencia de la relación laboral de los trabajadores, a pesar de la negativa del patrón, debido a que su contestación fue presentada de forma extemporánea, precluyendo su derecho a ofrecer pruebas.
LFPA art. 16LFPA art. 42LFPA art. 46LFPA art. 50LFPA art. 51 - 28192/23-17-10-6
La notificación electrónica por buzón tributario se considera legalmente válida si cumple con los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y la jurisprudencia aplicable, aun cuando el contribuyente no consulte su buzón dentro del plazo legal, siempre que la autoridad exhiba el aviso electrónico y la constancia de notificación con los elementos mínimos requeridos.
- 1000/20-03-02-4
La competencia de las autoridades fiscales para emitir actos de molestia debe fundarse en los preceptos legales que les otorgan facultades, citando de manera exacta y precisa las normas que autorizan su actuación, incluyendo la materia, grado y territorio, para garantizar la legalidad y seguridad jurídica del gobernado.
LFPA art. 1LFPA art. 49LFPA art. 50LOFTA art. 1LOFTA art. 2 - 627/2019
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el recurso de revisión en el amparo directo, debe analizar si el planteamiento de inconstitucionalidad de un precepto legal reviste una cuestión de importancia y trascendencia, aun cuando el recurso cumpla con los requisitos formales de procedencia.
- Registro digital 26440
La subcontratación de personal, para efectos del Impuesto al Valor Agregado, debe analizarse a la luz de la Ley Federal del Trabajo, en específico su artículo 15-A, para determinar si la operación encuadra en el supuesto excluyente de prestación de servicios independientes.
- I.13o.A.89 A
Las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no están obligadas a requerir la exhibición de pruebas presentadas de manera incompleta, pues el requerimiento previsto en el artículo 214 del Código Fiscal de la Federación solo procede cuando las pruebas han sido ofrecidas pero no exhibidas.
- 849
Las Salas Regionales del Tribunal Fiscal de la Federación no pueden examinar ni valorar oficiosamente pruebas de un juicio diverso, ni apoyar su fallo en ellas, aun cuando las partes sean las mismas, pues las pruebas deben ser aportadas en cada caso particular.
- I.7o.A. J/1
La Sala Regional del Tribunal Fiscal de la Federación no puede oficiosamente examinar y valorar pruebas de un juicio diverso, ni apoyar su fallo en ellas, aun cuando las partes sean las mismas, pues las pruebas deben aportarse en cada caso para demostrar los hechos en que se fundan las acciones o excepciones.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 209 del CFF (4 resoluciones en común)
- Artículo 213 del CFF (3 resoluciones en común)
- Artículo 38 del CFF (3 resoluciones en común)
- Artículo 200 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 208 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 42 del CFF (2 resoluciones en común)
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