Artículo 80 del CFF: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 80 del CFF y las 9 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 9 abr 2026 · texto oficial (Cámara de Diputados)
A quien cometa las infracciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes a que se refiere el artículo 79, se impondrán las siguientes multas:
I. De $5,070.00 a $15,200.00, a las comprendidas en las fracciones I, II y VI.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025
II. De $5,400.00 a $10,780.00, a la comprendida en la fracción III. Tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la multa será de $1,800.00 a $3,600.00.
Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025
III. Para la señalada en la fracción IV:
a) Tratándose de declaraciones, se impondrá una multa entre el 2% de las contribuciones declaradas y $10,790.00. En ningún caso la multa que resulte de aplicar el porcentaje a que se refiere este inciso será menor de $4,310.00 ni mayor de $10,790.00.
Multa del inciso compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025
b) De $1,310.00 a $3,010.00, en los demás documentos.
Multa del inciso compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025
IV. De $25,360.00 a $50,710.00, para la establecida en la fracción V.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025
V. De $5,030.00 a $15,160.00, a la comprendida en la fracción VII.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025
VI. De $21,560.00 a $43,140.00, a las comprendidas en las fracciones VIII, IX y X.
Multa de la fracción actualizada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Compilada DOF 27-12-2022. Actualizada DOF 29-12-2023.
Compilada DOF 30-12-2024, 28-12-2025
Resoluciones que aplican el artículo 80 del CFF
- 1041/2025
La notificación de actos administrativos, incluyendo requerimientos de pago de multas, debe cumplir con las formalidades establecidas en la ley, como la constancia por escrito, la identificación de la autoridad emisora, la fundamentación y motivación, la firma del funcionario competente, y la entrega de una copia al interesado, sin que la ausencia de sello o la negativa a firmar por parte del notificador invaliden la
- Registro digital 33947
La negativa de autorizar la aplicación de reactivos químicos para determinar la antigüedad de la tinta en un título de crédito, al impedir el desahogo de una prueba pericial idónea, vulnera el derecho a la defensa adecuada y al debido proceso.
CPEUM art. 14CPEUM art. 16CCom art. 1194CCom art. 1205CCom art. 1055 - 101/22-26-01-2/17/24-PL-01-04[02]
La Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa es competente para conocer de juicios contencioso administrativos federales que revistan características especiales, ya sea por su materia, conceptos de impugnación o cuantía, o cuando sea necesario establecer por primera vez la interpretación directa de una ley, reglamento o disposición administrativa de carácter general.
LO TFJA art. 3LO TFJA art. 17LFCCA art. 48LFCCA art. 2LFCCA art. 15 - Registro digital 32283
La inconstitucionalidad de los artículos 280 y 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas no se actualiza por el simple hecho de que el fiado no haya sido llamado al juicio especial de fianzas, pues la ley prevé la figura de la litisdenunciación como una facultad de la afianzadora y no como una obligación imperativa.
- Registro digital 31712
La caducidad de la instancia no opera en los juicios de alimentos ni en los incidentes que versen sobre dicha materia, aun cuando se promuevan en un juicio sumario, en virtud de la prohibición expresa contenida en la ley, la cual debe prevalecer sobre cualquier otra consideración, incluido el interés superior del menor.
- Registro digital 29257
El señalamiento del actor sobre quién ostenta la representación de los trabajadores terceros interesados en un juicio de nulidad es insuficiente para tener por acreditada dicha representación; la Sala Administrativa debe verificarla, especialmente en casos excepcionales donde el actor no pueda identificar al representante o este no comparezca o no acredite su carácter.
- I.13o.T.189 L (10a.)
La pensión jubilatoria se integra con el promedio anual del salario nominal, al que se suma la diferencia relativa al siguiente nivel tabular, el subsidio para alimentación, la prima de vacaciones, las gratificaciones ordinarias y extraordinarias de carácter permanente, y la compensación por antigüedad, para finalmente aplicar el porcentaje de antigüedad acumulada y el incremento del índice del costo de la vida.
- Registro digital 228687
Las multas impuestas por autoridades fiscales cumplen con los requisitos de fundamentación y motivación cuando se cita el precepto que tipifica la infracción y el que establece la sanción específica, sin que sea necesario considerar requisitos adicionales no previstos en la ley.
- Registro digital 266635
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 79 del CFF (4 resoluciones en común)
- Artículo 21 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 81 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 1 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 1086 del CFF (1 resoluciones en común)
- Artículo 11 del CFF (1 resoluciones en común)
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