Artículo 217 del CFF: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 217 del CFF y las 12 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 9 abr 2026 · texto oficial (Cámara de Diputados)
(Se deroga).
Resoluciones que aplican el artículo 217 del CFF
- 847/26-09-01-6
La nulidad lisa y llana de la resolución que impone multas por infracciones laborales procede cuando las órdenes de inspección que le dieron origen carecen de la debida fundamentación de la competencia material de la autoridad emisora, al citar un reglamento reformado sin la debida precisión y sin invocar las disposiciones vigentes.
LFPA art. 47LFPA art. 49LFPA art. 58-1LFPA art. 58-12LFPA art. 58-13 - 4462/25-03-02-1
La notificación de actos administrativos que se realiza personalmente debe ser circunstanciada, asentando los pormenores de la diligencia para generar convicción sobre su legalidad y certeza jurídica, incluso cuando se entiende con un tercero.
LFPA art. 1LFPA art. 49LFPA art. 50LFPA art. 58-1LFPA art. 58-13 - 1461/20-01-02-8
La procedencia del juicio contencioso administrativo contra el incumplimiento de la modificación de un contrato abierto por adjudicación directa celebrada verbalmente entre una entidad pública y un particular proveedor, es de la competencia exclusiva de los tribunales federales, pues no se trata de una resolución definitiva, acto administrativo ni procedimiento dictado por la autoridad demandada sobre interpretación
- 258/25-03-02-4
El sobreseimiento del juicio contencioso administrativo es procedente cuando el acto impugnado ya fue materia de una sentencia firme anterior, en virtud de la actualización de la figura de cosa juzgada, lo cual debe ser analizado de oficio por el juzgador.
- 1379/25-29-01-1
La nulidad de un acto de molestia, como una boleta de infracción, debe declararse lisa y llana cuando la autoridad emisora no funda ni motiva debidamente su competencia, ya que la imposibilidad de subsanar dicha omisión, al ser un acto de tracto instantáneo, deja al gobernado en estado de indefensión.
CPEUM art. 16LFPA art. 3LFPA art. 15LFPA art. 46LFPA art. 51 - 217/2023
La notificación de requerimientos de información a través del buzón tributario es legalmente válida si se acredita el registro y validación del medio de contacto, así como el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Código Fiscal de la Federación y la normativa aplicable, sin que sea exigible la acreditación de la apertura del documento por parte del contribuyente si este no lo consulta dentro del p
- 1514/24-19-01-2
La notificación de actos administrativos, cuando se alega su ilegalidad o desconocimiento, debe ser analizada de forma preferente por el juzgador, pues de su validez depende la determinación de la oportunidad en la presentación de la demanda.
- Registro digital 33753
El delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias, de naturaleza continua o permanente, debe fijar su temporalidad para efectos del proceso penal, por regla general, desde el inicio del abandono del deber de proveer alimentos hasta el ejercicio de la acción penal, salvo que se demuestre la interrupción justificada de la conducta omisiva.
CPEUM art. 19CPEUM art. 17CPEUM art. 20CPEUM art. 21CPEUM art. 107 - Registro digital 33661
La Ley Número 546 Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, al establecer que los servidores públicos de dicha institución, distintos a los fiscales, peritos y policías de investigación, son trabajadores de confianza, no viola los artículos 14 y 123, apartado B, de la Constitución Federal, pues dicha disposición es una manifestación de la facultad del legislador para organizar los órganos del Estado y d
- Registro digital 26966
La pensión alimenticia o compensatoria en uniones de hecho no constantes ni estables no puede decretarse únicamente por la procreación de un hijo en común o por la dedicación de uno de los integrantes al cuidado de este, sino que debe atenderse a los supuestos legales específicos que la regulan.
- III.3o.A.9 A
El incidente de nulidad de actuaciones previsto en los artículos 217, fracción III y 223 del Código Fiscal de la Federación debe promoverse previamente al juicio de amparo cuando se reclamen infracciones procedimentales, como las notificaciones defectuosas.
- Registro digital 255968
La facultad de designar perito tercero en discordia corresponde a las Salas del Tribunal Fiscal de la Federación, no al Magistrado instructor o semanero.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 134 del CFF (4 resoluciones en común)
- Artículo 137 del CFF (3 resoluciones en común)
- Artículo 68 del CFF (3 resoluciones en común)
- Artículo 129 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 202 del CFF (2 resoluciones en común)
- Artículo 38 del CFF (2 resoluciones en común)
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