Tesis y sentencias del TFJA: página 18
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La falta de identificación completa del servidor público que levanta una boleta de infracción, al omitir el nombre y cargo de quien expidió la credencial, genera la nulidad lisa y llana del acto, al vulnerar el derecho a la seguridad jurídica del gobernado.
LFPA art. 1LFPA art. 65LFPA art. 69LFPA art. 50LFPA art. 51 - 639/26-30-01-3
La falta de identificación completa del servidor público que levanta una boleta de infracción, al omitir el nombre y cargo de quien expidió la credencial, genera la nulidad lisa y llana del acto, al vulnerar la seguridad jurídica del gobernado.
LO TFJA art. 36LFPA art. 50LFPA art. 51LFPA art. 52LFPA art. 58-11 - 3960/26-17-07-4
- 3846/16-01-02-8
La Procuraduría Federal del Consumidor, al imponer una multa por negativa de verificación, debe fundar y motivar adecuadamente la sanción, considerando los elementos del artículo 132 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, incluso cuando se trate de una medida de apremio.
LFPA art. 51LFPA art. 49LFPA art. 50LFPA art. 64LFPC art. 13 - 510/26-25-01-9
La facultad de abstenerse de determinar contribuciones y sanciones por créditos fiscales que no excedan de 3,500 UDIS es reglada y no discrecional, debiendo la autoridad emitir un apercibimiento por escrito si se cumplen los requisitos.
LFPA art. 58-12LFPA art. 58-13LO TFJA art. 29LO TFJA art. 30LO TFJA art. 31 - 564/26-25-01-9
- 390/26-30-01-3
La identificación del servidor público que levanta una boleta de infracción debe cumplir con los requisitos legales para garantizar la seguridad jurídica del particular, incluyendo el nombre y cargo de quien expidió la credencial.
LFPA art. 1LFPA art. 65LFPA art. 69LFPA art. 50LFPA art. 51 - 4341/15-01-02-8
La identificación de los visitadores debe realizarse ante la persona con quien se atienda la diligencia, previamente a la entrega del oficio que contiene la orden de visita domiciliaria, para otorgar certeza jurídica al gobernado.
- 26637/25-17-01-6
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La falta de fundamentación de la competencia de la autoridad que emite una boleta de infracción, al citar una ley abrogada, contraviene los principios de legalidad y seguridad jurídica, lo que genera la nulidad lisa y llana del acto y el derecho a la devolución de lo pagado indebidamente.
CPEUM art. 16LFPA art. 50LFPA art. 51LFPA art. 52LFPA art. 58-11 - 1815/17-01-02-8
- 645/26-30-01-3
La falta de identificación completa del servidor público que levanta una boleta de infracción, al omitir el nombre y cargo de quien expidió la credencial, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado, al vulnerar el derecho a la seguridad jurídica del gobernado.
LFPA art. 8LFPA art. 50LFPA art. 51LFPA art. 52LFPA art. 58-11 - 353/26-25-01-5
La facultad de abstenerse de imponer sanciones por infracciones fiscales, prevista en el artículo 20-A de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, es una facultad reglada y no discrecional, por lo que la autoridad debe aplicarla si se cumplen los requisitos establecidos en dicha norma.
LO TFJA art. 31LO TFJA art. 36LO TFJA art. 59LFCA art. 58-1LFCA art. 58-13 - 545/26-30-01-3
La falta de identificación completa del servidor público que levanta una boleta de infracción, al omitir el nombre y cargo de quien expidió la credencial, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado, al vulnerar el derecho a la seguridad jurídica del gobernado.
LO TFJA art. 36LFPA art. 50LFPA art. 51LFPA art. 52LFPA art. 58-13 - 196/26-30-01-3
La falta de debida identificación del servidor público que levanta una boleta de infracción, al omitir el nombre y cargo de quien expidió su credencial, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado, al vulnerar el derecho a la seguridad jurídica del gobernado.
LFPA art. 1LFPA art. 65LFPA art. 69Ley de la Guardia Nacional art. 4LOAPF art. 1 - 426/26-30-01-3
- 800/26-17-01-3
La notificación personal de créditos fiscales es legalmente válida cuando el notificador se cerciora de estar en el domicilio correcto, identifica al tercero con quien se entiende la diligencia y asienta los datos necesarios para acreditar el vínculo laboral o de recepción, sin que sea indispensable recabar documentos que demuestren dicho nexo, y la resolución impugnada contiene firma autógrafa si así se acredita en
LO TFJA art. 48LFCA art. 58-13LFCA art. 16LFCA art. 8LFCA art. 9 - 3079/16-01-02-8
El presente extracto corresponde a una certificación de versión pública realizada por la Secretaria de Acuerdos de la Segunda Sala Regional en Baja California, licenciada Dulce Paola Llanos Valencia. Dicha certificación se emite en cumplimiento a los artículos 120 y 115 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y tiene como finalidad suprimir información confidencial, como nombres de perso
LGTAIP art. 120LGTAIP art. 115 - 3229/26-17-07-4
La fundamentación de la competencia de las autoridades administrativas en los actos de molestia debe ser exhaustiva, precisando la razón de materia, grado o territorio, con base en la ley, reglamento, decreto o acuerdo que otorgue la atribución ejercida, citando el apartado, fracción, inciso o subinciso correspondiente, o transcribiendo la parte conducente de normas complejas, para garantizar la seguridad jurídica de
LFPA art. 8LFPA art. 9CPEUM art. 16LFPA art. 51LFPA art. 42 - 234/26-25-01-9
- 370/26-30-01-3
La falta de identificación completa del servidor público que levanta una boleta de infracción, al omitir el nombre y cargo de quien expidió la credencial, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado, al vulnerar el derecho a la seguridad jurídica del gobernado.
LFPA art. 1LFPA art. 65LFPA art. 69Ley de la Guardia Nacional art. 4LOAPF art. 1 - 4252/16-01-02-8
La nulidad de una resolución fiscal se declara cuando la autoridad, al detectar irregularidades, omite levantar el acta circunstanciada o escrito de hechos dentro de un plazo razonable, contraviniendo el principio de inmediatez y los artículos 46 y 152 de la Ley Aduanera, así como el principio de legalidad tutelado por el artículo 14 Constitucional.
LO TFJA art. 36RI TFJA art. 30LFCCA art. 58-2LFCCA art. 2LFCCA art. 58-13 - 678/26-30-01-3
La nulidad lisa y llana de una resolución impugnada procede cuando la autoridad emisora omite cumplir con la formalidad de identificarse debidamente al momento de la verificación, al no asentar en el acta o boleta de infracción los datos completos del funcionario y del documento que lo acredita, lo cual genera indefensión e incertidumbre jurídica al particular.
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa art. 36Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 50Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 51Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 52Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 58-13 - 442/26-30-01-3
- 455/26-30-01-3
La nulidad lisa y llana de una boleta de infracción procede cuando el elemento de la Guardia Nacional que la emite omite cumplir con la obligación de identificarse plenamente, detallando el nombre y cargo de quien expidió su credencial institucional, conforme al artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
LFPA art. 65LFPA art. 51LFPA art. 52LFPA art. 50LOJTFA art. 36 - 3291/17-01-02-8
La prescripción de los créditos fiscales se configura cuando la autoridad fiscal no demuestra la realización de gestiones de cobro notificadas al deudor, interrumpiendo el plazo legal para su exigibilidad.
- 4759/26-17-01-3
La caducidad opera en el procedimiento de inspección laboral cuando la autoridad no emite el emplazamiento dentro del plazo legal, lo que genera la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada.
LO TFJA art. 48LFPA art. 58-13LFPA art. 46LFPA art. 58-2LFPA art. 60 - 2803/25-12-01-2
La nulidad de un acto administrativo no puede declararse únicamente por vicios en su notificación, cuando la demanda se presentó dentro del plazo legal, pues dicho vicio solo tiene como efecto confirmar la oportunidad de la presentación de la demanda.
- 351/25-01-01-4
La determinación de responsabilidad solidaria de un socio o accionista, basada en la desocupación del domicilio fiscal de la sociedad, requiere que la autoridad acredite fehacientemente que el domicilio se encuentra desocupado y que la sociedad no presentó el aviso de cambio correspondiente, cumpliendo con la garantía de audiencia del responsable solidario respecto a los hechos que fundamentan tanto la determinación
- 291/26-16-01-2
La nulidad de una norma oficial mexicana, declarada en un juicio previo y limitada a la esfera jurídica de la parte actora, impide que dicha norma sirva de fundamento para actos de aplicación o sanciones posteriores en su contra.
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa art. 48Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 58-12Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 58-2Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa art. 31Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa art. 34 - 1640/20-16-01-2
La notificación de actos administrativos, para ser legal, debe cumplir con las formalidades establecidas en el Código Fiscal de la Federación, incluyendo la correcta circunstanciación del lugar, modo y tiempo, así como la identificación de las personas con quienes se entendió la diligencia.
- 5716/25-06-02-4
- 685/25-23-01-7
El embargo de cuentas bancarias de los Ayuntamientos es ilegal cuando dichos fondos provienen de bienes de dominio público.
CPEUM art. 115CPEUM art. 16CPEUM art. 14CPEUM art. 17CPEUM art. 1 - 196/15-01-02-5
- 0011-2024-02-C-32-01-02-03-L
La firma electrónica avanzada, al ser un sustituto de la firma autógrafa, genera certeza sobre la realización de los actos que ampara y produce los mismos efectos legales, siendo apta y suficiente para acreditar la emisión de resoluciones administrativas.
- 885/21-01-02-8
La falta de fundamentación y motivación en una cédula de liquidación de cuotas obrero-patronales, al no individualizar las fracciones del artículo 29 de la Ley del Seguro Social aplicables a cada trabajador y las razones para su aplicación, genera la nulidad lisa y llana del acto impugnado.
LFCA art. 51LFCA art. 52LFCA art. 6LFCA art. 36LFCA art. 60 - 1847/25-27-01-2
- 1/26-ERF-01-2
La ganancia cambiaria derivada de la repatriación de capitales, al ser un ingreso que se obtiene por la diferencia entre el valor de las divisas al momento de su conversión y el valor declarado para efectos del pago del impuesto, debe ser considerada como un ingreso acumulable para el Impuesto Sobre la Renta si no se demuestra que dicho monto ya fue objeto de tributación.
LFPA art. 46LFPA art. 49LFPA art. 50LFPA art. 58-17LFPA art. 58-22 - 1272/18-01-02-5
- 3407/16-01-02-5
La responsabilidad del agente aduanal por la inexactitud o falsedad de los datos y documentos proporcionados por el contribuyente, excluye su responsabilidad si dicha inexactitud o falsedad no era apreciable a simple vista y requería análisis técnico para su identificación, siempre que el agente aduanal acredite que la información le fue proporcionada por el exportador y que no pudo conocer la falsedad.
Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 49Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 50Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 58-1Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 58-12Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo art. 58-13