Tribunales Colegiados de Circuito en materia fiscal: página 3
- 84/2026
Sobresee. Se reclaman diversos artículos contenidos en el Decreto por el que se reforman, adiciona y derogan diversas disposiciones del código fiscal de la federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el siete de noviembre de dos mil venticinco, en vigor a partir del uno de enero de dos mil veintiséis.
- 385/2023
La sentencia definitiva dictada en el juicio contencioso administrativo no es incongruente por omitir el pronunciamiento sobre la prescripción de la facultad de cobro respecto de créditos fiscales cuya demanda fue desechada por improcedente, pues la obligación de exhaustividad del juzgador solo opera dentro del ámbito de lo que fue válidamente sometido a su conocimiento.
- 237/2026
El presente asunto la parte quejosa señala que la posibilidad fáctica y jurídica de suscribir, formalizar, modificar o continuar acuerdos Comerciales con Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias reside en su incorporación al ACREF-S001-2024. Al respecto, mediante ampliación de demanda, la quejosa solicita que no se le apliquen los puntos segundo y cuarto del oficio ADCH/E/270-2026, en cuanto que ha
- 53/2026
SE REVOCA LA DETERMINACIÓN DE PRESCRIPCIÓN DE MULTA, PORQUE LA MULTA IMPUESTA EN SENTENCIA NO PAGADA POR EL SENTENCIADO SE CONVIERTE EN CRÉDITO FISCAL, POR TANTO LA PRESCRIPCIÓN NO OPERA EN UN AÑO SINO EN CINCO, CONFORME AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
- 9/2024
Se modifica la sentencia impugnada y niega el amparo solicitado contra la orden de visita domiciliaria emitida por la autoridad fiscal responsable. Lo anterior, ya que es infundado que el Juez de Distrito actuó incorrectamente al considerar que no resultaba aplicable el artículo 53–C del Código Fiscal de la Federación, en el cual se prevé que para la procedencia de emisión de una segunda orden de visita al mismo cont
- 716/2026
El juicio de amparo es improcedente contra actos de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, cuando proceda contra ellos algún juicio, recurso o medio de defensa legal por virtud del cual puedan ser modificados, revocados o nulificados, y la suspensión de dichos actos se prevea en la ley respectiva con alcances similares a los de la Ley de Amparo.
LAP art. 61LAP art. 17LAP art. 18LAP art. 19LAP art. 113 - 275/2026
Cancelación de CFDI plazo de tres meses
- 655/2023
TRANSGRESIÓN A LAS REGLAS DEL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LOCAL. // OMISIÓN DE PROVEER LO CONDUCENTE PARA EL DESAHOGO DE PRUEBAS DOCUMENTALES OFRECIDAS POR EL ACTOR, EN PODER DE AUTORIDADES. Se concede el amparo, ante lo fundado de ambos conceptos de violación, examinados en forma conjunta. Ello, porque el quejoso adujo la existencia de transgresiones procesales que lo dejaron indefenso y tra
- 271/2026
Codigo Fiscal Federacion-Sobresee. Decreto de refrorma de 07 de noviembre de 2025
- 485/2025
Reclamo del requerimiento de pago de una multa, para ser combatida a través del recurso de revocación, debe estarse a lo que establece el primer párrafo del artículo 220 del Código Fiscal para el Estado de Morelos, sin que pueda estimarse que su reclamo puede realizarse en cualquier momento sujeto a la voluntad del particular afectado (sino hasta la fecha de publicación de la convocatoria a primera almoneda).
- 839/2026
El juicio de amparo es improcedente contra actos administrativos que pueden ser impugnados a través de un juicio contencioso administrativo, en virtud de la actualización del principio de definitividad, salvo que se actualicen las excepciones previstas en la Ley de Amparo.
- 119/2026
"LA MULTA COMO SANCIÓN PENAL SE CONVIERTE EN CRÉDITO FISCAL, SUJETO AL PLAZO DE CINCO AÑOS PARA QUE OPERE SU PRESCRIPCIÓN A LA LUZ DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN."
- 51/2026
REQUERIMIENTO DE PAGO DE UNA MULTA, PARA SER RECLAMADA A TRAVÉS DEL RECURSO DE REVOCACIÓN, DEBE ESTARSE A LO QUE ESTABLECE EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 220 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, SIN QUE PUEDA ESTIMARSE QUE SU RECLAMO PUEDE REALIZARSE EN CUALQUIER MOMENTO SUJETO A LA VOLUNTAD DEL PARTICULAR AFECTADO. (SINO HASTA LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA A PRIMERA ALMONEDA).
- 286/2024
Sobreseimiento en juicio de nulidad por inexistencia de resolución determinante de crédito fiscal reclamada; conceptos de violación infundados e inoperantes, autoridad negó haber emitido resolución impugnada y parte actora no acreditó su existencia; el “formato para pago de cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones”, no conlleva una aceptación de la existencia de una resolución determinante de crédito f
- 150/2026
El juicio de amparo es improcedente cuando los efectos del acto reclamado han cesado en virtud de una reforma legislativa que elimina la obligación autoaplicativa reclamada, aun cuando la demanda se haya presentado antes de la reforma.
- 507/2025
Oficio que ordena la inmovilización y/o aseguramiento de las cuentas bancarias de la contribuyente hoy quejosa hasta por la cantidad determianda y la resolución en la que se determina el procedimiento de cálculo llevado a cabo para obtener el saldo actualizado del crédito fiscal determinado a la quejosa. SOBRESEE Y AMPARA.
- 488/2025
Reclamo del requerimiento de pago de una multa, para ser reclamada a través del recurso de revocación, debe estarse a lo que establece el primer párrafo del artículo 220 del Código Fiscal para el Estado de Morelos, sin que pueda estimarse que su reclamo puede realizarse en cualquier momento sujeto a la voluntad del particular afectado (sino hasta la fecha de publicación de la convocatoria a primera almoneda).
- 303/2026
SENTENCIA- REFORMA DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION ART 49 BIS- UNICO- SOBRESEE
- 270/2026
Actos reclamados: inconstitucionalidad artículo 5º tercer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. Y actos de aplicación.. SOBRESEE no se agotó el principio de definitividad causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XX de la Ley de Amparo; Y respecto a los diversos actos reclamados tanto inconstitucionalidad de la norma reclamada y su acto de aplicación se estimar
- 69/2026
La confirmación de un auto de no vinculación a proceso por el delito de desocupación de domicilio fiscal, previsto en el artículo 110, fracción V, del Código Fiscal de la Federación, es procedente cuando la autoridad fiscal no acredita la existencia de los elementos del tipo penal.
- 631/2026
La notificación de actos procesales por correo electrónico, para surtir efectos, requiere la confirmación de recepción o lectura, a fin de garantizar la certeza jurídica y el derecho de defensa del gobernado.
CPEUM art. 14CPEUM art. 16CNPP art. 104CNPP art. 82CNPP art. 87 - 249/2024
se modifica la sentencia recurrida. los motivos de inconformidad son infundados. opuesto a lo señalado por la quejosa aquí recurrente y como acertadamente lo determinó el juzgador federal, el instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado de tabasco, actúa como auxiliar del fisco federal y responsable solidario del cumplimiento de la obligación a cargo de los contribuyentes originales (lo
- 277/2026
El cobro del derecho de refrendo anual de circulación, previsto en el artículo 20, fracción II, inciso A), de la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán para el ejercicio fiscal de 2026, viola el principio de equidad tributaria al establecer tarifas distintas basadas en el tipo de vehículo sin justificación objetiva, pues el servicio prestado por el Estado es idéntico para todos.
CPEUM art. 14CPEUM art. 16CPEUM art. 31Ley de Amparo art. 61Ley de Amparo art. 63 - 178/2026
Cancelación de Certificado de Sello Digital (17-H Bis CFF 2025). NIEGA AMPARO.
- 408/2025
La sentencia absolutoria se confirma al no acreditarse los elementos del tipo penal de defraudación fiscal y equiparada calificada.
- 252/2026
SUSPENSIÓN DEFINITIVA CONTRA LA SUSPENSIÓN DEL CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL. ARTÍCULO 49 BIS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. EN LA MATERIA DE LA REVISIÓN, SE CONFIRMA LA INTERLOCUTORIA RECURRIDA. SE NIEGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA.
- 174/2026
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. SE DEBE AGOTAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 26 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
- 599/2026
La suspensión definitiva de un crédito fiscal por omisión de pago de derechos de refrendo anual debe concederse si se cumplen los requisitos de apariencia del buen derecho, interés suspensional, y no perjuicio al interés social ni a las disposiciones de orden público, sin que sea impedimento la falta de rendición de informe previo de una autoridad responsable si se presume cierto el acto reclamado.
Ley de Amparo art. 128Ley de Amparo art. 138Ley de Amparo art. 129Ley de Amparo art. 142Ley de Amparo art. 136 - 77/2024
Se desecha parcialmente el recurso, en relación con el Jefe del SAT, por falta de legitimación. El recurso es procedente pues se declaró la nulidad por un vicio de fondo y se reconoció el derecho subjetivo a que se expida un nuevo certificado. Como fundadamente argumentan las recurrentes, la sala fiscal omitió pronunciarse respecto de los razonamientos expuestos en la contestación de la demanda en el sentido de que
- 1041/2025
La notificación de actos administrativos, incluyendo requerimientos de pago de multas, debe cumplir con las formalidades establecidas en la ley, como la constancia por escrito, la identificación de la autoridad emisora, la fundamentación y motivación, la firma del funcionario competente, y la entrega de una copia al interesado, sin que la ausencia de sello o la negativa a firmar por parte del notificador invaliden la
- 18/2025
Determinación de actualización de obligaciones a partir de uno enero de dos mil veintitrés al régimen de personas físicas con actividades empresariales y profesionales (La autoridad reincorporó al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) desde la fecha que había operado la actualización impugnada, lo cual deriva en una causa de improcedencia del juicio). Se da vista con causal de improcedencia del juicio de amparo
Ley de Amparo art. 61 - 162/2026
De la determinación emitida en audiencia de dieciocho de marzo de dos mil veintiséis, por la Jueza de Distrito Especializada en el Sistema Penal Acusatorio, adscrita al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Nayarit, con residencia en esta ciudad, en funciones de Jueza de Control, dentro de la causa penal **/****, fue acertado el criterio emitido por la jueza de origen en la resolución impugnada al estimar
- 370/2026
La inexistencia de los actos reclamados, corroborada por la negativa de las autoridades y la falta de pruebas del quejoso para desvirtuarla, es causa de sobreseimiento en el juicio de amparo.
- 169/2026
La discusión, aprobación, expedición y promulgación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el siete de noviembre de dos mil veinticinco, específicamente los artículos 17-F, último párrafo; 17-H, fracción XIII; 17-H Bis, fracciones XII y XIV; 27, apartado C, fracciones XII, XIII y XIV; 29-A, frac
Ley de Amparo art. 73Ley de Amparo art. 76Ley de Amparo art. 124Ley de Amparo art. 217 - 269/2026
TEMA: Queja infundada. La persona moral quejosa reclamó el "DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Co´digo Fiscal de la Federación", en específico los artículos 49 Bis, en relación con los diversos 17-H, fracción XIII, 17-H Bis, fracción XIV, 29-A, fracción IX, 29-A Bis y 42, fracción V, inciso g), del Código Fiscal de la Federación. SÍNTESIS: Se declara infundado el recurso d
- 438/2026
El derecho a la impartición de justicia pronta y completa, consagrado en el artículo 17 Constitucional, se vulnera cuando las autoridades jurisdiccionales y demandadas dilatan injustificadamente el cumplimiento de una sentencia de nulidad, sin agotar los mecanismos legales para su ejecución.
CPEUM art. 17Ley de Amparo art. 74Ley de Amparo art. 117Ley de Amparo art. 62Ley de Amparo art. 76 - 118/2025
Imposición de multas que prevé el numeral 82, primer párrafo, fracción XXXVIII, del Código Fiscal de la Federación por infracción al artículo 81, primer párrafo, fracción XLI, por no ingresar la información contable a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria estando obligado a ello.
- 256/2026
Contrario a lo sostenido por el recurrente, la decisión de la juzgadora de condicionar la efectividad de la suspensión a que se garantice el interés fiscal es ajustada a derecho, pues el Pleno Regional claramente estableció la salvedad de que cuando se reclamen multas administrativas sí es dable establecer para la efectividad de la medida que se garantice el crédito fiscal, conforme a lo dispuesto en la jurisprudenci
- 27/2026
SENTENCIA AMPARA. Retención de impuesto sobre la renta para tener por cumplido un laudo
- 216/2026
El juicio de amparo es improcedente contra normas generales que no causan un perjuicio por su sola entrada en vigor ni por un primer acto de aplicación, cuando el acto de aplicación que se alega (recurso de revocación) se tramitó y resolvió conforme a la legislación vigente al momento de su interposición, y no bajo la ley reclamada, actualizándose la causal de improcedencia por cesación de efectos del acto reclamado