Artículo 6 de la LIVA: texto y jurisprudencia
El texto vigente del artículo 6 de la LIVA y las 69 resoluciones fiscales del corpus que lo aplican, de la más reciente a la más antigua.
Texto vigente
Conforme a la última reforma de la ley publicada en el DOF el 12 nov 2021 · texto oficial (Cámara de Diputados)
Cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución. Cuando se solicite la devolución deberá ser sobre el total del saldo a favor.
Párrafo reformado DOF 31-12-1986, 31-12-1988, 28-12-1989, 26-12-1990, 31-12-1999, 30-12-2002, 01-12-2004, 09-12-2019
Los saldos cuya devolución se solicite no podrán acreditarse en declaraciones posteriores.
Párrafo reformado DOF 01-12-2004, 09-12-2019
Tratándose de los contribuyentes que proporcionen los servicios a que se refiere el inciso h) de la fracción II del artículo 2o.-A de esta Ley, cuando en su declaración mensual resulte saldo a favor, dicho saldo se pagará al contribuyente, el cual deberá destinarlo para invertirse en infraestructura hidráulica o al pago de los derechos establecidos en los artículos 222 y 276 de la Ley Federal de Derechos. El contribuyente, mediante aviso, demostrará ante el Servicio de Administración Tributaria la inversión realizada, o en su caso, el pago de los derechos realizado.
Párrafo adicionado DOF 30-12-2002
Reforma DOF 30-12-2002: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo
Artículo reformado DOF 31-12-1979, 30-12-1980
Resoluciones que aplican el artículo 6 de la LIVA
Las 30 más recientes de 69. Para filtrarlas por fuente, fecha o sentido del fallo, usa el buscador.
- 0168-2023-02-C-31-01-01-03-L
La negativa de una solicitud de devolución de saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado es ilegal cuando la autoridad fiscal basa su conclusión en circunstancias ajenas a la contribuyente, como el destino que un tercero dio a la materia prima adquirida, sin contar con elementos objetivos que vinculen los CFDI emitidos por la actora con los productos finales no destinados a la alimentación.
- 3183/23-06-03-7
La confirmativa ficta opera cuando la autoridad fiscal no resuelve un recurso de revocación dentro del plazo de tres meses, y el particular opta por impugnar esa omisión ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, sin que la posterior emisión de una resolución expresa por parte de la autoridad, posterior a la presentación de la demanda, pueda invalidar la configuración de dicha figura jurídica.
- 123/25-ERF-01-4
La Sala Especializada en Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo determina que las compensaciones de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado contra el Impuesto Sobre la Renta, efectuadas por un contribuyente durante la vigencia de una suspensión definitiva otorgada en un juicio de amparo, son válidas y surten plenos efectos fiscales, aun cuando dicha suspensión haya sido revocada posteriormente y el amparo prin
LOFTJ art. 48LFPA art. 49LFPA art. 50LFPA art. 58-26LOFTJ art. 3 - 21745/24-17-11-7
La determinación presuntiva de valor de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado es ilegal cuando la autoridad fiscal no valora adecuadamente las pruebas que demuestran que los depósitos bancarios corresponden a operaciones de factoraje financiero y no a ingresos gravables.
- 61/2024
LOS AGRAVIOS SE DECLARAN POR UN LADO INFUNDADOS E INOPERANTES Y, POR OTRO, ESENCIALMENTE FUNDADOS LOS AGRAVIOS FORMULADOS POR LA PARTE QUEJOSA SE MODIFICA LA SENTENCIA RECURRIDA Y SE NIEGA EL AMPARO RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 23 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y 6 DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO LA REVISIÓN ADHESIVA QUEDA SIN MATERIA.
- 127/2024
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE LA LEY DEL IMPUESTO EPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
- 257/2023
Modifica. Sobresee y niega. Son infundados e inoperantes los agravios en contra del sobreseimiento de las normas reclamadas del Código Fiscal de la Federación, porque no combate las consideraciones de la sentencia recurrida y las normas son heroaplicativas. Es fundado que se acreditó el interés jurídico para reclamar el artículo 6 de la Ley del Impuesto al Valor agregado porque basta que demuestre estar inscrita en e
- 78/2023
CONFIRMA SOBRESEIMIENTO POR FALTA DE INTERÉS JURÍDICO Y NIEGA EL AMPARO POR LO QUE HACE A LOS ARTÍCULOS 233 DEL CFF Y 6 DE LA LIVA, POR EXISTIR JURISPRUDENCIA TEMÁTICA (COMPENSACIÓN UNIVERSAL).
- 205/2024
El recurso de reclamación es procedente cuando se interpone contra el acuerdo que admite a trámite el recurso de revisión, siempre que se cumpla con el requisito de legitimación.
- 1334/2022
La reparación de la congruencia en la fijación de los actos reclamados y la determinación de los actos inexistentes, así como el carácter heteroaplicativo de diversas disposiciones, son aspectos que deben analizarse para determinar la procedencia del amparo.
- 161/2023
SE REPARA UNA INCONGRUENCIA Y SE MODIFICA LA SENTENCIA. SE DECLARA FIRME LO RESUELTO EN EL CONSIDERANDO CUARTO RESPETO DE LA INEXISTENCIA DE ACTOS RECLAMADOS, REFLEJADO EN EL ÚNICO PUNTO RESOLUTIVO. SE DECLARAN POR UN LADO INFUNDADOS E INOPERANTES Y, POR OTRO, ESENCIALMENTE FUNDADOS LOS AGRAVIOS FORMULADOS POR LA PARTE QUEJOSA Y CORREGIDA LA LITIS SE MODIFICA LA SENTENCIA RECURRIDA Y SE NIEGA EL AMPARO RESPECTO
- 8112/2023
El remanente de saldos a favor del impuesto al valor agregado, que no se hubiere agotado al acreditarlo o compensarlo en periodos posteriores, debe ser susceptible de devolución, pues no existe justificación legal ni constitucional para negar su reintegro al contribuyente.
- 1782/2022
La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso contra los actos reclamados consistentes en los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al no demostrarse la contravención a sus derechos.
- 1002/2022
La justicia de la unión no ampara ni protege contra el artículo 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al no demostrarse la ilegalidad de su aplicación en el caso concreto.
- 1275/2022
TEMA: 1. COMPENSACIÓN UNIVERSAL. 2. REPARACIÓN DE CONGRUENCIA RESPECTO DE PORCIONES NORMATIVAS RECLAMADAS NO ANALIZADAS Y ACTOS INEXISTENTES. 3. SOBRESEIMIENTO POR FALTA DE CONCEPTOS DE VIOLACIÓN. 4. AGRAVIOS INFUNDADOS E INOPERANTES POR CUANTO HACE A PRECEPTOS DE NATURALEZA HETEROAPLICATIVA 5. ARTÍCULOS 6 DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y 23 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN SON DE NATURALEZA AUTOAPLICATIV
- 1016/2022
El sobreseimiento en el juicio de amparo procede respecto de los artículos 5-A, 17-H Bis, 17-K, 31-A, 32-D y 134, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, al actualizarse causas de improcedencia respecto de ellos.
- 1267/2022
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2019.
- 22/2023
La justicia de la Unión no ampara ni protege a la quejosa en relación con los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al haberse sobreseído el juicio en parte y modificado la sentencia recurrida.
- 1014/2022
La modificación de una sentencia recurrida, el sobreseimiento en el juicio de amparo respecto de ciertos actos reclamados, la negativa del amparo y protección de la justicia federal en cuanto a otros preceptos, y la declaración de sin materia de un recurso adhesivo, son determinaciones que deben ser notificadas a las partes.
- 974/2022
La justicia de la unión no ampara ni protege al quejoso contra los actos reclamados consistentes en los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por las razones expuestas en la octava consideración de la ejecutoria.
- 1103/2022
La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso contra los actos reclamados consistentes en los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación, y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al no demostrarse la contravención a sus derechos fundamentales.
- 959/2022
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
- Registro digital 32161
El remanente de un saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado, generado tras haber optado el contribuyente por su acreditamiento parcial, es susceptible de ser recuperado mediante la figura de la devolución, por identidad de razón con la procedencia de esta última cuando se opta por la compensación.
- 4685/2023
La compensación de saldos a favor generados al 31 de diciembre de 2018, contra adeudos propios de impuestos federales distintos a los de importación, es una opción para los contribuyentes, siempre que los recursos no tengan destino específico y sean administrados por la misma autoridad.
- 698/2021
La justicia de la Unión no ampara ni protege a la quejosa contra los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al sobreseerse el juicio respecto de diversos preceptos del Código Fiscal de la Federación.
- Registro digital 32124
La exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para donatarias autorizadas, al impedirles acreditar el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios, no viola los principios de proporcionalidad y equidad tributarias, pues el IVA es un impuesto al consumo y el derecho al acreditamiento solo procede respecto de actividades gravadas.
- 1221/2022
La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejumbroso contra los actos reclamados consistentes en los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al no demostrarse la contravención a sus derechos fundamentales.
- 668/2021
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2019.
- 714/2022
La justicia de la unión no ampara ni protege respecto de la inconstitucionalidad de los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al haberse sobreseído el juicio de amparo en relación con diversas disposiciones del Decreto de reformas fiscales para 2020 y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.
- 715/2022
La improcedencia del juicio de amparo, por sobreseimiento, impide el análisis de fondo de los conceptos de violación, lo que, en su caso, genera la inoperancia de los agravios que se formulen en la revisión.
Artículos que se aplican junto con este
Los preceptos que más aparecen en las mismas resoluciones.
- Artículo 23 del CFF (56 resoluciones en común)
- Artículo 134 del CFF (12 resoluciones en común)
- Artículo 17-H Bis del CFF (9 resoluciones en común)
- Artículo 5-A del CFF (9 resoluciones en común)
- Artículo 17-A del CFF (8 resoluciones en común)
- Artículo 22 del CFF (8 resoluciones en común)
Más de esta ley
Todos los artículos de la LIVA · Código Fiscal de la Federación · Ley del Impuesto sobre la Renta
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