Resoluciones fiscales de la SCJN: página 22
- 2/2021
La inclusión de requerimientos de datos personales en una orden de visita domiciliaria, sin observar la normatividad aplicable en materia de protección de información, es indebida.
- 497/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al admitir a trámite un amparo directo en revisión, determinó que subsiste un tema de constitucionalidad respecto a la responsabilidad solidaria de socios o accionistas por contribuciones omitidas durante su administración, así como el plazo de cinco años para su exigencia, en relación con los artículos 26, fracciones III y X, incisos b) y d), y 67 del Código Fiscal de la Fe
- 595/2023
El acuerdo conclusivo es un medio de defensa optativo para el contribuyente, cuya finalidad es dirimir las diferencias entre este y la autoridad fiscal, sin que su presentación impida el ejercicio de otros medios de defensa que la ley prevea.
- 647/2023
La cancelación de un CFDI que ampara ingresos, cuando se realiza en un ejercicio fiscal distinto al de su emisión, no puede ser condicionada a la comprobación de la inexistencia del hecho que ampara, pues tal exigencia genera inseguridad jurídica.
- 472/2023
- 463/2023
La caducidad de un procedimiento de fiscalización no puede declararse si el contribuyente no ha sido notificado de la conclusión de dicho procedimiento.
- 3001/2023
El artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación, al no regular de manera precisa la suspensión y reanudación de plazos durante la visita domiciliaria o revisión de gabinete, contraviene los derechos de seguridad jurídica, legalidad y acceso a la justicia efectiva, al permitir a la autoridad fiscal actuar de forma discrecional.
- 1966/2023
La determinación de ingresos propios, en el contexto de un contrato de compraventa de cartera de membresías, debe considerar si los cobros se efectuaron a nombre y por cuenta de un tercero, lo cual excluye su acumulación como ingreso propio de la entidad que los recibió.
- 615/2023
- 616/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que procede el sobreseimiento en el juicio de amparo respecto de diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, al actualizarse la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XII, de la Ley de Amparo, en relación con la expedición, emisión, aprobación, publicación, ejecución y firma de un decreto que reforma diversas disposiciones fiscales.
- 352/2023-CA
El oficio que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el que se niega a ejercer su facultad de vigilancia y el cumplimiento de las disposiciones constitucionales previstas en el artículo 115 en favor del Municipio actor, debe encontrarse debidamente fundado y motivado a la luz de las disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.
- 1809/2023
El pago del Impuesto sobre la Renta derivado de una transacción contractual, pactado por las partes en un convenio, debe ser cubierto por quien lo acordó, sin que ello contravenga la Constitución Federal, pues la obligación tributaria se traslada por voluntad de los contratantes.
CPEUM art. 31CCJAL art. 1321CCJAL art. 1322CCJAL art. 1323CCJAL art. 1324 - 725/2023
La Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, al prever la retención y entero de impuestos, debe interpretarse en concordancia con la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- 487/2023
La facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación procede cuando un asunto, por su interés y trascendencia, lo amerita, y no cuando la cuestión jurídica se limita a determinar la procedencia de un medio de defensa.
- 683/2023
La cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que amparan ingresos, debe permitirse aun cuando el ejercicio fiscal en que se emitieron haya concluido, siempre que se cumpla con la obligación de justificar y comprobar documentalmente dicha cancelación, sin que sea dable imponer una limitación temporal para ejercerla.
- 2885/2023
La excepción de compensación requiere la acreditación fehaciente del adeudo y su pago, así como la solicitud del préstamo, elementos que no se satisfacen con la simple presentación de copias simples o impresiones de pantalla sin validez oficial.
- 643/2023
El artículo 28, fracción I, apartado B, del Código Fiscal de la Federación, así como el único transitorio del decreto reclamado, transgreden los artículos 1, 16 y 133 constitucionales por violar el derecho fundamental de seguridad jurídica al tratarse de normas con cargas desproporcionadas que hacen imposible su materialización.
CFF art. 28CPEUM art. 1 - 2552/2023
La facilidad administrativa para la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de personas físicas dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, no implica la exención de la obligación de expedir comprobantes fiscales, sino que permite su inscripción a través de los adquirentes de sus productos.
- 2863/2023
La responsabilidad solidaria de los administradores o directivos de personas morales, prevista en el artículo 26, fracción X, en relación con la fracción III, inciso b), del Código Fiscal de la Federación, es constitucional al no contravenir el principio de seguridad jurídica.
- 479/2023
El acreditamiento del impuesto al valor agregado debe considerar los ingresos por actividades distintas a las gravadas para determinar la proporción aplicable, incluso si la ley no definía expresamente dichos actos.
- 2436/2023
El control de regularidad constitucional de normas sustantivas y procesales aplicadas en el acto reclamado debe realizarse de oficio por los órganos jurisdiccionales, aun cuando las partes no lo hayan solicitado expresamente en el juicio de amparo.
- 445/2023
La inconstitucionalidad de los artículos 184 y 185 de la Ley Aduanera, así como del diverso 247 de su Reglamento, no se actualiza por el hecho de que no prevean una mecánica de excepción generalizada a la sanción y/o multa por transmitir información y documentación con datos inexactos, cuando dicho dato inexacto no causa afectación alguna al fisco federal.
Ley Aduanera art. 184Ley Aduanera art. 185Reglamento Ley Aduanera art. 247Ley de Amparo art. 5Ley de Amparo art. 104 - 3249/2023
La suspensión del plazo para concluir una visita domiciliaria o revisión de gabinete, en términos del artículo 46-A, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, no implica la suspensión del ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, por lo que el plazo de caducidad continúa computándose.
- 3/2022
La intervención precautoria de negociaciones, al ser una medida de apremio, debe interpretarse y aplicarse de forma supletoria conforme a las disposiciones del Código Fiscal de la Federación.
- 2870/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la autoridad competente para determinar la reparación del daño en delitos equiparables al contrabando, aun cuando la sentencia condenatoria original haya sido modificada por un Tribunal Unitario.
- 11/2019
La obligación de la afianzadora consignada en una póliza de fianza queda sujeta a las figuras de caducidad y prescripción, conforme a los artículos 174 y 175 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.
- 606/2023
El Régimen Simplificado de Confianza para personas morales no contraviene los principios de proporcionalidad y equidad tributaria al permitir la deducción de anticipos a socios, siempre que se cumplan los requisitos legales.
- 454/2023
La notificación de un citatorio para una visita domiciliaria, cuando se realiza en el domicilio fiscal del contribuyente, pero es recibida por una persona distinta al contribuyente, es legalmente válida si dicha persona se ostenta como su representante o tiene alguna relación con él, como la de ser su contador.
- 593/2023
- 180/2023
La protección constitucional del salario mínimo es independiente y distinta de la protección general del derecho al mínimo vital, la cual involucra un conjunto de medidas más amplio que la garantía de un monto pensionario mínimo para la subsistencia de los pensionados.
- 154/2022
El descuento de participaciones federales a un municipio, ordenado por una autoridad federal con motivo de un cobro indebido de derechos, no contraviene la Constitución Federal si se realiza en estricto cumplimiento de las leyes fiscales y administrativas aplicables y de una resolución del Servicio de Administración Tributaria, pues las participaciones federales son recursos de índole federal sujetos al Sistema Nacio
CPEUM art. 14CPEUM art. 16CPEUM art. 17CPEUM art. 115Ley Reglamentaria de la materia art. 19 - 573/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 573/2023, determinó que la regulación de los controles volumétricos en el sector energético, incluyendo las especificaciones técnicas de equipos y programas, así como los certificados correspondientes, es una materia reservada a la ley y no puede ser delegada a la autoridad fiscal mediante reglas de carácter general o resoluciones m
- 921/2019
El Servicio de Administración Tributaria, en representación del interés fiscal de la Federación, tiene legitimación para impugnar, mediante el juicio de amparo directo, las sentencias absolutorias dictadas en procesos penales por delitos fiscales, al ser considerado víctima en términos del artículo 92 del Código Fiscal de la Federación.
- 1965/2023
El acreditamiento del impuesto al valor agregado mediante compensación no requiere el requisito de flujo de efectivo, en virtud de que la compensación es una forma de pago que extingue la obligación principal y la accesoria, sin necesidad de una erogación directa.
- 352/2023
- 2614/2023
La devolución de un pago de lo indebido procede aun cuando el monto correspondiente haya sido deducido para efectos del impuesto sobre la renta, si el contribuyente acredita que el pago fue indebido y que la devolución no genera un doble beneficio, sin necesidad de que previamente se rectifique la declaración del impuesto sobre la renta.
- 2666/2023
El cómputo de los diez ejercicios inmediatos anteriores por los cuales se puede solicitar la devolución del Impuesto al Activo pagado, a que se refiere el Artículo Tercero Transitorio, primer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, se inicia a partir del primer ejercicio en que efectivamente se pague el ISR.
- 370/2023
- 510/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la inconstitucionalidad de los artículos 1o. de la Ley General de Mejora Regulatoria y 29 del Código Fiscal de la Federación, reclamados por la quejosa, deriva del hecho de que al excluir la materia fiscal de la implementación de políticas públicas de mejora regulatoria, el Jefe del Servicio de Administración Tributaria al emitir la Resolución Miscelánea Fiscal
CFF art. 29Ley General de Mejora Regulatoria art. 1 - 1175/2023