Resoluciones fiscales de la SCJN: página 23
- 506/2023
El juicio de amparo es procedente para impugnar las normas generales que establecen un sistema normativo de carácter complejo, cuyo núcleo estructural radica en la vinculación de los sujetos obligados a que se refiere el artículo 32-B Ter, párrafos primero y tercero, del Código Fiscal de la Federación, desde su entrada en vigor.
Ley de Amparo art. 61 - 1335/2023
- 2279/2023
La regla 4.4.3. de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, al establecer la aplicación de la tasa del 16% del IVA a ciertos servicios prestados por agentes navieros a residentes en el extranjero sin establecimiento en México, no transgrede la garantía de legalidad tributaria.
- 1645/2023
La individualización de las multas fiscales, prevista en el artículo 178, fracción IX, de la Ley Aduanera, no es inconstitucional por no prever un plazo para que el contribuyente desvirtúe la infracción o se autocorrija, pues la garantía de audiencia se satisface al permitir la defensa en el procedimiento de imposición de la multa.
LEY ADUANERA art. 178LEY ADUANERA art. 179LEY ADUANERA art. 183-ALEY ADUANERA art. 185CPEUM art. 14 - 315/2023
La caducidad de la instancia en el juicio de nulidad, al anular todos los actos procesales y sus consecuencias, no afecta las relaciones de derecho sustantivo existentes entre las partes.
- 1284/2023
El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación no contraviene los principios de seguridad jurídica, derecho de audiencia, libertad de trabajo, presunción de inocencia, ni el derecho a la irretroactividad de la ley, al prever el procedimiento de presunción de inexistencia de operaciones.
- 2093/2023
- 2310/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los requisitos para acceder a las deducciones fiscales son distintos a una sanción administrativa, pues las primeras condicionan la base gravable del impuesto sobre la renta, mientras que las segundas imponen una acción coactiva por una conducta ilícita.
CPEUM art. 22CPEUM art. 31 - 538/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 538/2023, determinó que el artículo primero transitorio del Decreto de 23 de abril de 2021, que reforma diversas disposiciones en materia de subcontratación laboral, no viola el principio de igualdad, al establecer un plazo diferenciado para la entrada en vigor de las nuevas normas para el sector privado y el sector público.
- 174/2023
Los salarios caídos tienen naturaleza indemnizatoria y, en caso de condena a su pago, la empleadora debe efectuar las deducciones fiscales correspondientes.
- 201/2023
La caducidad de la instancia administrativa constituye un principio de seguridad jurídica que impone a la autoridad la obligación de resolver los procedimientos en un plazo determinado, a fin de evitar la incertidumbre jurídica de los particulares.
- 511/2023
El principio de equidad tributaria no se transgrede por establecer una distinción respecto a los contribuyentes que obtienen ingresos menores a sesenta millones de pesos para efectos del impuesto sobre la renta, pues se trata de un estímulo fiscal que no tiene relevancia impositiva en el tributo y se materializa a través del acreditamiento de un impuesto, por lo que su estudio no se efectúa bajo la óptica de los prin
LIF art. 16CPEUM art. 31CPEUM art. 25CPEUM art. 26CPEUM art. 28 - 1901/2023
- 480/2023
- 4790/2021
La elección de una opción para el manejo de saldos a favor del IVA, una vez ejercida, es irrevocable para el ejercicio fiscal correspondiente, impidiendo su modificación posterior.
- 23/2023
La prohibición del régimen de subcontratación de personal, al no lograr detener la simulación ni la evasión fiscal, y al afectar a empresas que la utilizan, es desproporcional e irracional.
LFT art. 15 - 1838/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo directo en revisión 1838/2023, determinó que la omisión de citar una fracción específica del Reglamento Interior del SAT en la orden de visita domiciliaria o en la resolución determinante del crédito fiscal, no anula la actuación de la autoridad fiscal si esta ejerció sus facultades de comprobación conforme al artículo 42, fracción III, del Código Fisca
- 769/2023
La competencia material de una autoridad para emitir una orden de visita domiciliaria debe fundarse en la norma específica que le otorga la facultad, y no en disposiciones generales que no la contemplan expresamente.
Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Estado de México art. 15Ley Aduanera art. 144 - 1558/2023
La caducidad de las facultades de comprobación no opera si el procedimiento fiscalizador fue remitido a otra autoridad para su continuación.
- 372/2023
- 391/2023
- 241/2023
El principio de equidad tributaria exige que las disposiciones fiscales no establezcan distinciones injustificadas entre contribuyentes que se encuentren en la misma situación jurídica.
CPEUM art. 31LISR art. 111 - 1373/2023
La competencia de los visitadores, en términos del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se limita a levantar actas circunstanciadas y hacer constar hechos u omisiones, sin que les corresponda valorar pruebas o determinar la situación fiscal del contribuyente, pues esa facultad recae en otras autoridades.
- 1916/2023
La caducidad de la obligación de pago de la afianzadora, prevista en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, se suspende con la promoción del juicio contencioso administrativo.
- 1500/2023
El octavo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, al no prever una notificación directa al contribuyente que utilizó los comprobantes fiscales de un proveedor listado como inexistente, genera inseguridad jurídica y, por ende, es inconstitucional en su aplicación.
- 548/2023
El artículo 139 del Código Fiscal de la Federación no transgrede los principios de seguridad y certeza jurídica al prever la notificación por estrados mediante publicación en la página electrónica de la autoridad, pues no es obligación del legislador especificar que las constancias de dicha publicación deban contar con evidencia digital o criptográfica para integrarse al expediente.
- 616/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la inobservancia de la formalidad de informar directamente a los órganos de dirección sobre los hechos u omisiones detectados en una visita domiciliaria, constituye una violación a los principios de seguridad y legalidad jurídica.
- 1470/2023
- 479/2023
- 2016/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la presentación de una declaración complementaria no acredita el cumplimiento de un requerimiento de pago de impuestos si no se exhibe la declaración de pago definitivo o provisional solicitada por la autoridad fiscal.
- 18/2023
Los derechos por servicios deben corresponder al costo de la prestación del servicio, sin considerar elementos ajenos a la situación del contribuyente.
- 121/2023
El principio de igualdad tributaria se vulnera cuando se impone la misma obligación fiscal a sujetos que se encuentran en situaciones dispares, como ocurre con las sociedades anónimas que cotizan en bolsa y las que no, al aplicarles la obligación de informar sobre la enajenación de acciones.
- 427/2023
- 1013/2023
La caducidad tributaria, al ser una institución que otorga seguridad jurídica al contribuyente mediante la extinción de facultades no ejercidas por la autoridad dentro de un plazo, no se ve vulnerada por la suspensión de plazos y términos establecida en una regla, si esta última no afecta derechos preexistentes del gobernado, sino que únicamente delimita el tiempo de actuación de la autoridad fiscal.
CPEUM art. 14CFF art. 12 - 551/2023
- 1082/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la omisión de prever un plazo para que el contribuyente conozca el contenido de la información obtenida por la autoridad fiscal en compulsas a terceros, no viola los derechos de audiencia y debido proceso, siempre que se le permita conocer los elementos que sustentan la determinación del crédito fiscal.
- 3901/2021
El artículo 46-A, penúltimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación es inconstitucional porque contraviene los principios de legalidad y seguridad jurídica al suspender el plazo para concluir las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, sin que ello implique la suspensión del ejercicio de dichas facultades, lo cual genera un tratamiento desigual e injustificado para los contribuyentes que interponen med
- 199/2023
La obligación de obtener y conservar información sobre el beneficiario controlador, así como proporcionarla al Servicio de Administración Tributaria, es constitucionalmente válida al derivar de compromisos internacionales para combatir la evasión fiscal, el financiamiento del terrorismo y el lavado de activos, sin que vulnere el secreto fiduciario o bancario, ni el derecho a la privacidad.
- 363/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la controversia constitucional 363/2023, determinó que las disposiciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2022, así como su Anexo 1-A, que establecen obligaciones en materia de controles volumétricos para hidrocarburos y petrolíferos, son inconstitucionales por invadir la esfera de competencia del Poder Legislativo.
- 240/2023
La inconstitucionalidad de los artículos 49, fracción VI, y 83, fracción VII, del Código Fiscal de la Federación, al vulnerar los derechos de audiencia y debido proceso, se actualiza cuando la autoridad fiscal, en el marco de una visita domiciliaria, requiere al contribuyente la exhibición de comprobantes fiscales digitales por internet y este no los tiene a la mano, sin que se le conceda un plazo razonable posterior