Resoluciones fiscales de la SCJN: página 16
- 53/2024
La valoración de la documentación contable exhibida por el contribuyente durante una visita domiciliaria, efectuada por los visitadores al levantar el acta final o la última acta parcial, no es una facultad que les corresponda, pues dicha valoración debe realizarla la autoridad fiscalizadora al emitir la resolución determinante del crédito fiscal.
- 883/2023
El Servicio de Administración Tributaria es la autoridad competente para expedir la Resolución Miscelánea Fiscal, y no el Secretario de Hacienda y Crédito Público, por lo que procede el sobreseimiento del juicio de amparo respecto de este último por falta de carácter de autoridad responsable.
Ley de Amparo art. 61Ley de Amparo art. 5 - 5/2023
La repetición de un acto reclamado, aun cuando la autoridad responsable lo deje sin efectos, no la exime de responsabilidad si actuó dolosamente, aunque sí constituye una atenuante en la aplicación de la sanción penal.
CFF art. 54Código Fiscal de la Ciudad de México art. 130 - 869/2023
La reforma al artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, al permitir la corrección de la situación fiscal mediante compensación únicamente a los contribuyentes sujetos a revisiones de gabinete o visitas domiciliarias, no contraviene el principio de equidad tributaria.
- 76/2024
El artículo 82, fracción I, inciso d), del Código Fiscal de la Federación es inconstitucional por violar los principios de legalidad y seguridad jurídica, al adicionar actos como infracciones sin la debida taxatividad exigida por los artículos 14 y 16 constitucionales.
- 131/2024
El establecimiento de un impuesto sobre adquisición de inmuebles, tratándose de la fusión de sociedades, no contraviene el principio de capacidad contributiva al considerar como base imponible el valor de los inmuebles adquiridos por la sociedad fusionante, sin tomar en cuenta la capacidad contributiva total del contribuyente.
Ley de Hacienda para el Municipio de Los Cabos art. 35Ley de Hacienda para el Municipio de Los Cabos art. 36 - 7512/2023
Las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal que restringen el acreditamiento del IVA por erogaciones pagadas con recursos de origen gubernamental, sin sustento legal expreso, contravienen los principios de legalidad y seguridad jurídica tributaria.
- 5323/2023
La Procuraduría Federal del Consumidor es competente para sancionar a las instituciones educativas privadas por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, cuando actúan como proveedoras de servicios educativos y se les imputa una negativa de devolución o incumplimiento en la prestación del servicio.
- 166/2024
La reposición del procedimiento por parte de la autoridad fiscal, aun cuando hayan transcurrido los plazos previstos en el Código Fiscal de la Federación, debe concluirse dentro de un plazo de cuatro meses.
- 720/2023
El artículo 34 del Código Fiscal de la Federación no viola el derecho a la seguridad jurídica, al establecer hipótesis jurídicas precisas vinculadas con el ámbito temporal de aplicación, las cuales se relacionan con aspectos subjetivos del contribuyente y la realidad de los hechos.
- 3917/2023
La nulidad de un crédito fiscal en el ámbito administrativo, derivada de la ilegal obtención de pruebas como estados de cuenta bancarios, no impide que dichas pruebas, aun ilícitas, puedan ser valoradas en un proceso penal para acreditar la comisión de delitos, siempre que se cumplan las exigencias constitucionales y legales para su obtención en dicho ámbito.
- 6576/2023
La notificación de la resolución que determina la situación fiscal del contribuyente, una vez concluida la etapa de comprobación, debe realizarse en el domicilio fiscal registrado ante el RFC, conforme a las fracciones I y IX del artículo 48 del Código Fiscal de la Federación, sin que ello contravenga el derecho a la seguridad jurídica.
- 247/2022
La impresión de la declaración de contribuciones transmitida electrónicamente y su acuse de recibo, o su copia simple con sello digital, son aptos para acreditar su presentación ante la autoridad fiscal, salvo prueba en contrario.
- 953/2023
La limitante temporal para la cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), establecida en los artículos 81, fracción XLVI, y 82, fracción XLII, del Código Fiscal de la Federación, es violatoria del principio de seguridad jurídica.
- 6373/2023
- 513/2023
El artículo 29-A, párrafo cuarto, del Código Fiscal de la Federación, es inconstitucional al supeditar la cancelación de comprobantes fiscales digitales por internet al mismo ejercicio en que fueron expedidos, contraviniendo el principio de seguridad jurídica.
CFF art. 32CPEUM art. 19 - 7119/2023
La presunción de inexistencia de operaciones amparadas por comprobantes fiscales, establecida en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, es de carácter relativo y admite prueba en contrario, permitiendo al contribuyente acreditar la materialidad de las operaciones incluso fuera del plazo de treinta días posteriores a la publicación de la lista definitiva, siempre que lo haga durante el ejercicio de las f
- 927/2023
La reforma al artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, al permitir la autocorrección fiscal mediante compensación únicamente a los contribuyentes sujetos a revisiones de gabinete o visitas domiciliarias, es constitucional al no contravenir el principio de equidad tributaria.
- 5682/2023
La actuación de los Directores Generales de Asuntos Contenciosos y Procedimientos, de Amparos contra Leyes y de Amparos contra Actos Administrativos, en suplencia por ausencia del Subprocurador Fiscal Federal de Amparos, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, es legalmente válida para interponer recursos en el juicio de amparo.
- 967/2023
La obligación de incorporar el complemento carta porte en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de tipo ingreso, tratándose de contribuyentes que no se dedican preponderantemente a la prestación de servicios de transporte de carga, se rige por las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal y no por el artículo 29, penúltimo párrafo, del Código Fiscal de la Federación.
- 227/2024
El artículo 175 del Código Fiscal de la Federación no vulnera el derecho de audiencia, al prever el recurso de revocación como medio para inconformarse con la valuación y designar perito.
- 791/2023
La compensación de saldos a favor contra adeudos fiscales, prevista en el artículo 23, párrafo sexto, del Código Fiscal de la Federación, no es inconstitucional por establecer un trato diferenciado entre contribuyentes sujetos a facultades de comprobación y aquellos sujetos a revisión electrónica, ni por exigir que la compensación se realice contra la misma contribución en la declaración, y contra otras contribucione
- 14/2024
La determinación de un crédito fiscal por concepto de impuesto sobre la renta, actualización, recargos y multa, no puede basarse en un criterio normativo que no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación.
- 7135/2023
La competencia para emitir órdenes de verificación y practicar visitas domiciliarias para comprobar el cumplimiento de obligaciones de los recintos fiscalizados recae en la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior, no en las aduanas, salvo que la visita se limite a verificar el cumplimiento de obligaciones del recinto fiscalizado para con las autoridades.
- 3/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la autoridad fiscal no puede determinar unilateralmente la base del impuesto sobre la renta tratándose de regalías, sino que debe atender conjuntamente con el contribuyente a las operaciones, razones y circunstancias específicas. Asimismo, considera incorrecto que la autoridad no ponderara que la celebración de un contrato de fletamento y la realización de cabot
- 913/2023
Los productos destinados a la alimentación, para ser considerados como tales y estar afectos a la tasa del 0% del Impuesto al Valor Agregado, deben ser susceptibles de ser ingeridos por humanos o animales sin requerir transformación o industrialización adicional.
- 663/2023
La prescripción de la acción de cobro de un crédito fiscal inicia hasta que la sentencia definitiva cause estado, y no desde que se tiene conocimiento del juicio.
- 928/2023
El sistema normativo que integra el complemento de carta porte, al ser heteroaplicativo, no puede ser impugnado como autoaplicativo por vicios propios, sino hasta que se actualice el supuesto normativo que genera la afectación en la esfera jurídica del gobernado.
- 7117/2023
- 789/2023
El artículo transitorio tercero de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente en dos mil trece, al impedir la recuperación total del impuesto al activo pagado en ejercicios anteriores una vez cubierto el impuesto sobre la renta, contraviene el principio de proporcionalidad tributaria al generar una carga fiscal injustificada y no atender a la capacidad contributiva del sujeto.
LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA UNICA art. TRANSITORIO TERCERO - 962/2023
El sistema normativo que impone a los notarios la obligación de obtener y proporcionar información sobre beneficiarios finales, excede el propósito de la figura del beneficiario controlador.
- 355/2023
La caducidad de las facultades de comprobación del Instituto Mexicano del Seguro Social opera si la autoridad no ejerce sus facultades dentro del plazo de noventa días, contado a partir de que el patrón presentó el aviso de terminación de obra, siempre que este último haya cumplido con la totalidad de las obligaciones formales que le imponen la Ley del Seguro Social y su Reglamento.
Reglamento art. 18 - 5706/2023
La suspensión del ejercicio de facultades de comprobación del Servicio de Administración Tributaria, derivada de la regla 13.3 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, no es inconstitucional por el simple hecho de haber sido emitida durante la emergencia sanitaria por COVID-19, pues dicha medida preventiva se justificó en la necesidad de mitigar y controlar los riesgos p
- 944/2023
La adición al artículo 23 del Código Fiscal de la Federación permite a los contribuyentes sujetos a facultades de comprobación corregir su situación fiscal mediante la figura de la compensación.
- 881/2023
La limitación del derecho a la compensación universal de saldos a favor, condicionada a que el contribuyente sea objeto de facultades de comprobación (visita domiciliaria o revisión de gabinete), y la exclusión de quienes son sujetos a revisión electrónica, contraviene los principios de igualdad y equidad tributaria.
- 5668/2023
El aguinaldo o gratificación de fin de año de los trabajadores al servicio del Estado, al ser un ingreso gravable, no es susceptible de exención del pago del impuesto sobre la renta, salvo que una disposición legal expresa así lo establezca.
- 7936/2023
La interpretación de normas de mera legalidad, como la relativa a la acreditación de la personalidad de un funcionario público que emite un acto administrativo, no es materia de análisis en el recurso de revisión fiscal, pues este se constriñe a dilucidar cuestiones de constitucionalidad.
CFF art. 38CPEUM art. 16 - 844/2023
El artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), numeral 6, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente en el ejercicio fiscal de dos mil veintidós, no constituye una ley privativa proscrita por el artículo 13 de la Constitución Federal, al no desaparecer la excepción a la aplicación de la tasa del cero por ciento del IVA para la enajenación de alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, que se utilic
LIVA art. 2o.-ACPEUM art. 13 - 740/2023
La inconstitucionalidad de los artículos 134, fracción III, y 139 del Código Fiscal de la Federación se puede plantear en amparo directo en revisión cuando se considera que vulneran la garantía de seguridad jurídica por falta de claridad en los procedimientos y requisitos para la notificación por estrados a contribuyentes no localizados.
- 195/2023
La denuncia de contradicción de criterios ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación o los Plenos Regionales es un mecanismo procesal que puede ser promovido por diversas autoridades y partes, incluyendo el Fiscal General de la República, los integrantes de los tribunales colegiados y de circuito, así como el Ejecutivo Federal, con el fin de establecer un criterio jurisprudencial que prevalezca ante criterios con
LA art. 226LA art. 193