Resoluciones fiscales de la SCJN: página 6
- 1729/2025
El amparo directo en revisión es improcedente cuando el tribunal colegiado de circuito no omite el estudio de la constitucionalidad de una norma general, sino que lo realiza y determina su infundado.
- 95/2025
El principio de seguridad jurídica, previsto en el artículo 16 de la Constitución Federal, exige que las órdenes de visita domiciliaria o de revisión de gabinete, emitidas con el propósito de comprobar el cumplimiento de obligaciones fiscales, especifiquen de manera clara y puntual el objeto de la revisión, incluyendo el fundamento legal aplicable y el nombre de la contribución.
CPEUM art. 16LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS art. 2o.-A - 280/2024
La facultad de la autoridad fiscal para realizar un segundo requerimiento de información o documentación, en el marco del procedimiento de solicitud de devolución de contribuciones, está condicionada a que el contribuyente haya cumplido en su totalidad con lo solicitado en el primer requerimiento.
- 152/2025
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un recurso de reclamación, debe analizar la procedencia de la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción, la cual se interpuso contra un auto de trámite dictado por la Ministra Presidenta de la Primera Sala.
CFF art. 59LISR art. 20Ley de Amparo art. 104Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación art. 11Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación art. 21 - 115/2025
La negativa ficta de un recurso de reclamación se configura cuando la autoridad fiscal no resuelve dicho medio de defensa dentro del plazo de tres meses, conforme al artículo 37 del Código Fiscal de la Federación.
- 1759/2024
El interés y la trascendencia para conocer de un amparo directo radican en determinar si las actividades de empaque, envasado, marcado o etiquetado de un producto nacional, utilizando insumos importados temporalmente, califican como proceso de maquila bajo el Decreto IMMEX, para gozar de sus beneficios fiscales.
- 226/2025
- 8/2023
La interpretación del artículo 46-A, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, en el sentido de que la suspensión del plazo para concluir una visita domiciliaria no depende de una valoración de las pruebas o información aportada por el contribuyente, sino de la omisión de su entrega, es acorde con el principio de seguridad jurídica.
- 54/2025
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 54/2025, determinó que la impugnación de inconstitucionalidad de una norma general, como lo es la fracción V del artículo 140 del Código Penal para la Ciudad de México, puede tener como primer acto de aplicación el auto de vinculación a proceso, lo que hace procedente el juicio de amparo indirecto.
CPCM art. 140CPEUM art. 14CPEUM art. 16CPEUM art. 21LA art. 61 - 140/2025
La procedencia de un recurso de revisión en amparo directo debe analizarse a la luz de los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley de Amparo, para determinar si subsiste una cuestión propiamente constitucional y si el asunto reviste un interés excepcional en materia de derechos humanos.
- 1091/2025
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la constitucionalidad de un precepto legal, para efectos de la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, debe ser la cuestión efectivamente debatida y resuelta en la sentencia recurrida, sin que sea suficiente que se haya planteado como argumento de legalidad o que la autoridad responsable haya emitido una interpretación sobre su aplicación.
- 1385/2025
El amparo directo en revisión procede de manera excepcional cuando se plantea la inconstitucionalidad de un precepto de la Ley de Amparo, siempre que no exista otro medio de defensa para impugnar su regularidad constitucional y la materia de estudio se constriña a ese planteamiento.
- 12/2025
El secreto fiscal no es un derecho absoluto y puede ser exceptuado por razones de interés público, como la transparencia en la situación fiscal de los contribuyentes para prevenir riesgos en operaciones comerciales.
- 75/2024
La devolución de impuestos derivada de una sentencia de amparo se considera cumplida cuando la autoridad responsable informa al quejoso que puede hacer efectivo el cobro y acredita dicha circunstancia con las constancias relativas.
CFF art. 22ISR art. 109 - 1093/2025
La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe resolver sobre la legalidad de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal.
- 5060/2024
El juicio de resolución exclusivo de fondo no vulnera el derecho de defensa adecuada ni el principio de presunción de inocencia, al no limitar la impugnación de actos administrativos ni exigir el pago previo de créditos fiscales para acceder a él.
- 905/2023
La reforma al artículo 27, fracción XV, inciso b), de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que restringe la deducción de créditos incobrables cuando su suerte principal al vencimiento sea mayor a treinta mil unidades de inversión, es constitucional al buscar evitar un abuso desmedido en las deducciones fiscales y asegurar una contribución proporcional y equitativa al gasto público.
- 4900/2024
El derecho al libre desarrollo de la personalidad se vulnera cuando las normas aplicables excluyen automáticamente a la cónyuge supérstite y a sus hijos menores de acceder al patrimonio de la sucesión, al ser anacrónicas y no adecuarse a la realidad social imperante.
CCF art. 1635Ley Agraria art. 18CC Jalisco art. 405 BisCPEUM art. 107Ley de Amparo art. 81 - 1195/2025
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas busca facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones fiscales, basándose en la confianza ciudadana, con objetivos de simplificación administrativa y reforzamiento de la certeza jurídica para un sistema tributario más eficiente y equitativo, inhibiendo la evasión y elusión fiscal.
- 1121/2025
- 362/2023
Las aportaciones federales, al ser recursos federales que se rigen por disposiciones de esa índole, no se encuentran comprendidas en el régimen de libre administración hacendaria municipal, a diferencia de las participaciones federales que sí tienen un componente resarcitorio y compensan la pérdida de potestad tributaria de los estados.
CPEUM art. 115Ley de Coordinación Fiscal art. 35Ley de Coordinación Fiscal art. 38Presupuesto de Egresos de la Federación art. 19Ley Orgánica de la Administración Pública Federal art. 31 - 20/2020
La acción de responsabilidad ambiental es distinta a la acción colectiva difusa, por lo que la primera puede ser ejercida individualmente.
CFF art. 581LFRA art. 28 - 6/2023-EF
La indemnización por mora, consistente en la actualización e intereses, es aplicable a todo tipo de fianzas, salvo aquellas que garanticen créditos fiscales, en cuyo caso prevalecerá lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación.
- 7/2023-EF
Las pólizas de fianza emitidas para garantizar el cumplimiento de obligaciones de naturaleza no fiscal, como la inversión o devolución de un anticipo en un contrato, pueden hacerse efectivas mediante el procedimiento establecido en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que sea aplicable lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación para las fianzas de naturaleza fiscal.
- 721/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 721/2024, determinó que el artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al establecer un margen de multa proporcional a los ingresos acumulables del infractor, genera seguridad y certeza jurídica, y que la autoridad sancionadora actuó correctamente al basar la multa en la documentación proporcionada por el propio inf
- 20/2025
La inconstitucionalidad de los artículos 245, fracción I, y 246 del Código Nacional de Procedimientos Penales es un tema que compete originariamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en virtud de que se reclama la inconstitucionalidad de un precepto de dicho código.
CNPP art. 245CNPP art. 246CPEUM art. 107LOJPF art. 83LOJPF art. 21 - 354/2023
Las facturas electrónicas, al ser expedidas mediante validación del Servicio de Administración Tributaria, generan una presunción de autenticidad que solo puede ser desvirtuada mediante pruebas idóneas, siendo insuficiente la simple objeción o la negativa de recepción de mercancías para restarle valor probatorio.
CCOM art. 89CCOM art. 89 Bis - 1/2025
La Procuraduría Federal del Consumidor, al ejecutar multas impuestas por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, actúa como autoridad fiscal en términos del artículo 134 Bis de dicha ley, y dichas multas constituyen aprovechamientos que el Estado está facultado a cobrar mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
- 19/2025
La Suprema Corte de Justicia de la Nación carece de atribuciones para ordenar de oficio el cumplimiento sustituto de una sentencia de amparo cuando el órgano de amparo no ha determinado previamente la imposibilidad material de su acatamiento.
- 24/2025
La facultad de atracción puede ser ejercida por un Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien, al considerar que un asunto amerita ser conocido por el Alto Tribunal, puede formular una solicitud para que la Sala correspondiente determine si ejerce o no dicha potestad constitucional.
Ley de Amparo art. 40 - 7462/2024
El procedimiento de reconocimiento aduanero, al ser un acto instrumental, no culmina necesariamente con una resolución definitiva que califique la situación fiscal del contribuyente.
Ley Aduanera art. 43CPEUM art. 23 - 110/2025
La Suprema Corte de Justicia de la Nación no ejerce la facultad de atracción para conocer del amparo en revisión 580/2023, toda vez que el asunto no reviste las características de interés y trascendencia que justifiquen dicha atracción.
CPEUM art. 107Ley de Amparo art. 80 BisLey Orgánica del Poder Judicial de la Federación art. 21 - 980/2025
La inconstitucionalidad de una norma general, para efectos de la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, debe ser el tema central de la resolución del Tribunal Colegiado de Circuito, y no un argumento secundario o accesorio.
- 7/2025
El principio de legalidad tributaria exige que la norma secundaria establezca los parámetros necesarios para que los contribuyentes puedan calcular el impuesto predial tratándose de inmuebles en condominio con uso distinto al habitacional.
- 7304/2024
La delegación de facultades de comprobación y determinación de impuestos federales por parte del Jefe del Servicio de Administración Tributaria es legal cuando se realiza conforme a las disposiciones aplicables y no contraviene la normativa que rige su competencia.
- 5214/2023
El interés superior del menor obliga a la autoridad judicial a suplir la deficiencia de la queja y a allegarse de todo el material probatorio, incluso de oficio, para resolver la controversia, sin limitarse a la litis planteada.
- 176/2025
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que los artículos 12 y 50 del Código Fiscal de la Federación no violan los principios de legalidad y seguridad jurídica, al permitir el cómputo de días naturales para el plazo remanente de la resolución del procedimiento de fiscalización.
- 29/2024
La obligación de retener y enterar el Impuesto al Valor Agregado por la adquisición de mercancías de procedencia extranjera, sujetas al régimen de depósito fiscal, es exigible al adquirente nacional cuando el enajenante no tiene establecimiento permanente en el país.
- 4200/2024
La Auditoría Superior de la Federación tiene legitimación para promover el juicio de amparo cuando se reclaman recursos federales que, por su naturaleza, corresponden a aportaciones y no a subsidios, en virtud de sus facultades constitucionales de fiscalización y protección de la Hacienda Pública Federal.
CPEUM art. 20 - 253/2024
La fiscalización de recursos federales ejercidos por un municipio corresponde al ámbito de competencia del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, sin que ello implique una invasión a la esfera de competencias constitucionales del municipio.