Resoluciones fiscales de la SCJN: página 9
- 4478/2024
- 354/2024
La constitucionalidad de los artículos 73 y 87 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado, vigente hasta el treinta y uno de marzo de dos mil siete, debe ser analizada en el juicio de amparo, sin que sea impedimento la existencia de un medio de defensa ordinario.
- 4/2024
- 109/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación desestima acciones de inconstitucionalidad contra diversas disposiciones de leyes de ingresos municipales del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2024, al no alcanzar las propuestas de invalidez la mayoría calificada requerida.
CPEUM art. 105LISR art. 72 - 6584/2024CPEUM art. 14CPEUM art. 16CPEUM art. 17
- 603/2024
Grupo Elektra, S.A.B. de C.V. promovió demanda de nulidad contra una resolución del Servicio de Administración Tributaria que confirmó un crédito fiscal de más de mil cuatrocientos millones de pesos por concepto de impuesto sobre la renta, actualización, recargos y multas, correspondiente al ejercicio fiscal de dos mil ocho.
- 11/2024
El interés legal y el factor de actualización deben calcularse a partir de la resolución del procedimiento hasta el pago, conforme al artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
CFF art. 17-ALey Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado art. 14 - 1/2024
La representación jurídica de las autoridades delegacionales ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa corresponde al titular de la Jefatura Delegacional de Servicios Jurídicos.
- 5/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al conocer de un asunto en única instancia, debe observar las disposiciones relativas a la competencia de los tribunales federales, en ausencia de ley especial.
CPEUM art. 18 - 519/2024
El interés jurídico en el amparo se actualiza cuando el patrón retiene al trabajador el impuesto sobre la renta por concepto de horas extraordinarias, pues dicho acto de aplicación incide en su esfera de derechos.
LISR art. 93Ley de Amparo art. 61 - 6331/2024
El pago de intereses a cargo del fisco, por concepto de devolución de un crédito fiscal declarado nulo, debe computarse a partir de que el contribuyente realizó el pago indebido, y no desde que se presentó la solicitud de devolución o se emitió la resolución que la reconoció.
- 443/2024
La inconstitucionalidad de un artículo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al no prever la consulta no vinculante a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para la pérdida de bienes, no se actualiza si la autoridad responsable no omitió dicha consulta en el acto reclamado.
- 87/2022
La aprobación de las cuentas públicas de los ayuntamientos y sus entes públicos paramunicipales, realizada por el órgano legislativo local, no constituye un acto de imposible reparación para efectos del juicio de amparo indirecto, pues la impugnación de dicho acto puede ser analizada en la sentencia que resuelva el juicio de amparo directo que, en su momento, se promueva contra la resolución definitiva que ponga fin
Ley de Fiscalización Superior del Estado de México art. 32 - 2/2024
El pago del interés legal y el factor de actualización que resulte por el transcurso del tiempo, a partir de la resolución del procedimiento y hasta que se realice el pago, deben ser cubiertos en términos de lo establecido en el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
- 380/2024
La inconstitucionalidad de los párrafos segundo y sexto del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación no se actualiza por la ausencia de un plazo de temporalidad para la permanencia de los datos de los contribuyentes en las listas de presunción de operaciones inexistentes publicadas en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, pues dicha circunstancia no contraviene los derechos humanos
- 10/2024
La cuantificación de la indemnización por daños personales, en casos de incapacidad permanente de menores de quince años, no puede atender al artículo 14, inciso a), fracción I, de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, por resultar inconstitucional al ser subinclusivo.
LFRP art. 14CFF art. 17-A - 5520/2023
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo directo en revisión 5520/2023, confirmó la sentencia absolutoria dictada en primera instancia por el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, en favor del quejoso imputado por el delito de defraudación fiscal calificada.
- 239/2024
La recusación de los titulares de los órganos jurisdiccionales de amparo debe tramitarse conforme a las reglas generales de la Ley de Amparo, sin que sea aplicable el procedimiento específico de recusación previsto para los jueces de distrito en materia penal.
CPEUM art. 107LA art. 226LFJPA art. 21LA art. 51LA art. 219 - 1444/2024
La imposibilidad de continuar una visita domiciliaria por desaparición del visitado del domicilio fiscal, faculta a la autoridad a levantar las actas correspondientes en sus oficinas, sin necesidad de notificación previa, conforme al artículo 46, fracción V, del Código Fiscal de la Federación.
- 577/2024
La admisión de un amparo directo en revisión es improcedente si el asunto no entraña una cuestión de interés excepcional que dé origen a un pronunciamiento novedoso para el sistema jurídico nacional.
CFF art. 10CFF art. 27CFF art. 63Reglamento Interior del SAT art. 6Reglamento Interior del SAT art. 14 - 1485/2024
La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no es susceptible de someterse a control de constitucionalidad y/o convencionalidad ex officio por órganos jurisdiccionales de menor jerarquía, al tratarse de un criterio obligatorio.
CPEUM art. 14CADH art. 9CPF art. 56LA art. 217 - 3965/2024
El principio de seguridad jurídica exige que las autoridades fiscales fundamenten sus resoluciones en bases de datos precisas y accesibles, garantizando al contribuyente el derecho a conocer la información utilizada para sustentar dichas determinaciones.
- 4242/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinará si la normatividad fiscal permite atribuir responsabilidad resarcitoria por acciones u omisiones no relacionadas con el manejo de fondos federales y si ello es acorde con la Constitución Federal.
PEF 2016 art. 37RLFPRH art. 66Acuerdo Lineamientos Transferencia Recursos Federales SP S art. cuartoAcuerdo Coordinación SSA Chihuahua art. CRI ICH art. 27 - 543/2024LFPA art. 53CFF art. 38Ley de Amparo art. 5Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público art. 4Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público art. 28
- 567/2024
El artículo Décimo Octavo transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio de dos mil veintiuno, al posponer la notificación mediante buzón tributario para actos y resoluciones emitidas por autoridades distintas al Servicio de Administración Tributaria hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, no contraviene los principios de supremacía de ley y subordinación jerárquica.
- 606/2024
La validez de una regla de la Resolución Miscelánea Fiscal, publicada en el Diario Oficial de la Federación, debe analizarse a la luz de la normativa que le dio origen y no de la que la abrogó.
- 4538/2024
El pago de intereses por devolución de un pago de lo indebido, en términos del artículo 22-A del Código Fiscal de la Federación, procede cuando la nulidad de un acto de autoridad se decreta por vicios propios del mismo, y no cuando la solicitud de devolución se basa en la anulación de dicho acto por cuestiones de procedimiento.
- 5898/2024
La revisión adhesiva en el juicio de nulidad es procedente cuando se interpone por la autoridad tercero interesada en el juicio de amparo directo.
- 1110/2024
La facultad de restringir temporalmente el uso de los certificados de sello digital, prevista en el artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación, no requiere ser replicada expresamente en el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria para ser ejercida por los servidores públicos a quienes se delegue.
- 214/2024
La inclusión en la lista de personas bloqueadas que emite la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es susceptible de ser combatida mediante la suspensión provisional en el juicio de amparo, para el efecto de que la persona sea excluida temporalmente de dicha lista y recupere el acceso a sus fondos.
Ley de Instituciones de Crédito art. 115Código Penal Federal art. 139Código Penal Federal art. 148 BisCódigo Penal Federal art. 400 Bis - 4074/2024
El recurso de revisión fiscal es improcedente cuando los agravios son inoperantes por no controvertir eficazmente las consideraciones del tribunal colegiado que sustentan la constitucionalidad de las normas impugnadas, impidiendo el análisis de fondo del planteamiento de inconstitucionalidad.
- 5478/2023
La interpretación de los artículos 108, fracción III, y 109, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, vigente en 1998, no contraviene el derecho humano de prohibición de la prisión por deudas de carácter civil, ni la prohibición de penas trascendentales, al sancionar la conducta de declarar ingresos menores a los realmente obtenidos, pues se trata de un delito fiscal y no de una deuda civil.
- 550/2024
Los artículos 13 y 50, párrafo primero, del Código Fiscal de la Ciudad de México, al establecer un plazo de prescripción de cinco años para el cobro de créditos fiscales, no contravienen los principios de progresividad, proporcionalidad y reinserción social.
- 602/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está legitimada para interponer el recurso de reclamación, al haber sido presentado por el titular de la Dirección General de Asuntos Contenciosos y Procedimientos en suplencia por ausencia de superiores jerárquicos.
- 4988/2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el tribunal colegiado omitió el estudio de constitucionalidad del artículo 146 del Código Fiscal de la Federación vigente en 2011, al desestimar la aplicación de dicho precepto en la sentencia reclamada.
- 3721/2024
Las normas que establecen el sujeto, objeto, base, tasa o tarifa de una contribución, así como las excepciones a las cargas de los particulares, deben aplicarse de manera estricta, sin admitir interpretación extensiva o restrictiva, en virtud de su repercusión directa en la esfera jurídica de los gobernados y por constituir auténticas normas de excepción que conforman regímenes jurídicos especiales.
- 512/2024
El secreto fiscal, previsto en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, no vulnera el derecho de acceso a la justicia ni el derecho a una indemnización por daño moral, al ser una medida legítima para proteger la privacidad y seguridad de la información tributaria.
- 535/2024
La deducción de gastos por concepto de viáticos y gastos de viaje, para efectos del Impuesto sobre la Renta, puede ser sujeta a requisitos, límites y modalidades establecidos por el legislador, siempre que sean razonablemente necesarios para evitar la evasión fiscal y asegurar una correcta recaudación, sin transgredir los principios de equidad y proporcionalidad tributaria.
LISR art. 32CPEUM art. 31 - 3003/2024
La interpretación del artículo tercero transitorio de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y la regla I.4.1.8 de la Resolución Miscelánea Fiscal, para el cómputo de los diez ejercicios anteriores a partir de los cuales se puede solicitar la devolución del impuesto al activo, debe tomar como base el primer ejercicio en que efectivamente se pagó el impuesto sobre la renta, aplicando la limitante del 10% en cada
- 2924/2024
El pago de intereses sobre cantidades devueltas por la autoridad fiscal, en términos del artículo 22-A del Código Fiscal de la Federación, procede únicamente cuando la nulidad del crédito fiscal se declara y la autoridad omite devolver la cantidad solicitada en los términos que ordena la ley.