Jurisprudencia fiscal del Semanario Judicial: página 10
- Registro digital 31729
El artículo 193 del Código Civil para el Estado de Tabasco, al imponer un régimen patrimonial a las relaciones de concubinato sin permitir la voluntad de los concubinos, vulnera su derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la autodeterminación.
- PR.A.CS. J/11 A (11a.)
LEGITIMACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO. LA TIENEN LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS PARA PROMOVERLO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN SEDE CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA QUE RECONOCE LA VALIDEZ DEL ACTO, CONSISTENTE EN LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD FISCAL QUE RECHAZA PARCIALMENTE LA DEVOLUCIÓN DEL SALDO A FAVOR POR CONCEPTO DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA).
- Registro digital 31712
La caducidad de la instancia no opera en los juicios de alimentos ni en los incidentes que versen sobre dicha materia, aun cuando se promuevan en un juicio sumario, en virtud de la prohibición expresa contenida en la ley, la cual debe prevalecer sobre cualquier otra consideración, incluido el interés superior del menor.
- Registro digital 31724
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las adiciones al artículo 23 de la Ley General de Partidos Políticos, que permiten a los partidos políticos renunciar parcialmente y reintegrar su financiamiento para actividades ordinarias permanentes, no contravienen la Constitución, siempre que se interpreten conforme a la distribución de competencias entre la Federación y las entidades federativas.
CPEUM art. 40CPEUM art. 41CPEUM art. 73CPEUM art. 74CPEUM art. 79 - XXI.2o.C.T.19 L (11a.)
La cantidad mínima para la subsistencia del trabajador, por la cual no se suspenderá la ejecución del laudo reclamado, tiene la misma naturaleza que las prestaciones reclamadas y, por ende, está sujeta al Impuesto Sobre la Renta.
Ley de Amparo art. 190 - XI.2o.C.16 C (11a.)
La procedencia de la compensación económica es intrascendente qué tan amplia o reducida sea la diferencia entre los patrimonios de las partes, pues solo será relevante para determinar su monto, al ser un mecanismo para resarcir costos de oportunidad y garantizar la igualdad entre cónyuges.
CFF art. 258CPEUM art. 1 - XXI.2o.C.T.20 L (11a.)
La cantidad mínima para la subsistencia del trabajador, por la que no se concederá la suspensión del laudo en el juicio de amparo directo, debe fijarse considerando el salario bruto menos el impuesto sobre la renta aplicable.
- Registro digital 31707
La orden de visita domiciliaria debe especificar con claridad los actos y contribuciones que serán objeto de fiscalización, a fin de garantizar la certeza jurídica del gobernado y evitar la arbitrariedad en el ejercicio de las facultades de auditoría.
CPEUM art. 16Constitución Política del Estado de Tamaulipas art. 45Constitución Política del Estado de Tamaulipas art. 58Constitución Política del Estado de Tamaulipas art. 76Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Tamaulipas art. 1 - Registro digital 31708
Las disposiciones que establecen cobros por la búsqueda de información en archivos municipales, así como por la expedición de copias simples o certificadas, son inconstitucionales si no guardan una relación razonable con el costo del servicio prestado o si contravienen el principio de gratuidad del acceso a la información.
- Registro digital 31677
El salario base de cotización para determinar las cuotas obrero-patronales debe corresponder al área geográfica del domicilio afiliado al registro patronal, independientemente de la ubicación de los centros de trabajo donde se suministre personal.
- Registro digital 31678
La legitimación activa para reclamar la indemnización por daño material, derivada de un ilícito civil extracontractual que cause la muerte de una persona, corresponde a los herederos potenciales de la víctima, sin necesidad de que previamente hayan obtenido la declaratoria de herederos en juicio sucesorio.
- Registro digital 31680
El plazo para la interposición del recurso de revisión fiscal contra una sentencia dictada en cumplimiento a una ejecutoria de amparo debe computarse a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación de dicha sentencia, conforme al artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
- Registro digital 31658
El registro de una persona como socia conductora en una plataforma de transporte es un acto de aplicación que le otorga interés jurídico para impugnar las normas que regulan dicho servicio, siempre que acredite su calidad de conductora y que la norma reclamada le afecte.
CPEUM art. 103CPEUM art. 107Ley de Amparo art. 1Ley de Amparo art. 5Ley de Amparo art. 61 - Registro digital 31656
La inscripción de un embargo de bien inmueble, decretado con motivo de la ejecución de una sentencia en un procedimiento laboral, debe ser gratuita en términos del artículo 19 de la Ley Federal del Trabajo, al tratarse de un acto relacionado con la aplicación de las normas de trabajo y tener como objeto principal garantizar los derechos laborales.
- Registro digital 31659
El Monto Independiente de Recuperación (MIR) debe ser considerado para el cálculo del incremento de las pensiones, cuando exista cosa juzgada que determine que dichos incrementos se calculen con base en el salario mínimo general.
CPEUM art. 123LFT art. 94LFT art. 570LFT art. 571LFT art. 572 - Registro digital 31652
La competencia por materia de los Jueces de Distrito en materia administrativa y civil se determina atendiendo a la naturaleza del acto reclamado y de la autoridad responsable, sin que los conceptos de violación o la relación jurídica sustancial entre las partes definan dicha competencia.
- I.11o.A.30 A (11a.)
La presentación de una cuarta declaración complementaria, aun cuando las tres primeras no se hubieran ajustado a los supuestos de excepción del segundo párrafo del artículo 32 del Código Fiscal de la Federación, requiere que dicha cuarta declaración sí cumpla con dichos supuestos de excepción para ser válida.
- Registro digital 31598
La suspensión provisional de las normas de la Miscelánea Fiscal de 2022 relativas a la emisión del CFDI de tipo traslado y su complemento carta porte es improcedente, ya que su concesión podría permitir la consumación o continuación de delitos, lo cual atenta contra el interés social y el orden público.
- I.11o.A.34 A (11a.)
La finalidad del procedimiento de presunción de transmisión indebida de pérdidas fiscales, previsto en el artículo 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación, es sancionar e inhibir prácticas de elusión fiscal y evitar un daño a la colectividad.
- I.11o.A.33 A (11a.)
La suspensión provisional en el amparo indirecto es improcedente contra la resolución que determina la presunción de transmisión indebida de pérdidas fiscales, al contravenir el interés social y el orden público.
- II.3o.A.12 A (11a.)
El impuesto al valor agregado se considera efectivamente pagado, para efectos de la devolución del saldo a favor del contribuyente que enajenó un bien o prestó un servicio y lo trasladó al adquirente, cuando se paga el monto del impuesto y este es trasladado al contribuyente retenedor.
- Registro digital 31494
El recurso de inconformidad es improcedente cuando los agravios se dirigen a controvertir la legalidad de las sentencias dictadas en juicios de amparo previos, pues la materia de dicho recurso se constriñe a verificar el exacto cumplimiento de la ejecutoria de amparo, sin excesos ni defectos, y no a reexaminar la litis del juicio constitucional.
LFTA art. 899-ALFTA art. 899-BLFTA art. 899-CLFTA art. 899-DLFTA art. 48 - Registro digital 31499
La prima de antigüedad, aun cuando se pague con motivo de la jubilación, no es equiparable a un haber de retiro para efectos fiscales, por lo que no se le aplican las exenciones previstas para este último en la Ley del Impuesto sobre la Renta y su Reglamento.
- Registro digital 31498
El embargo de salario de un empleado del Estado, aun en materia mercantil, es susceptible de revisión oficiosa por el juzgador, sin que el principio dispositivo constituya un obstáculo para ello, en virtud de la protección de derechos humanos y el interés social que salvaguarda.
- I.4o.A.38 A (11a.)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA). LAS ACTIVIDADES DE LOS MUSEOS DISTINTAS DE LA VENTA DE BOLETOS DE ACCESO EN GENERAL, ESTÁN GRAVADAS PARA EFECTOS DE ESE TRIBUTO, LO QUE PERMITE ACREDITAR EL TRASLADADO POR TERCEROS (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2014).
- I.4o.A.37 A (11a.)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA). INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA Y FUNCIONAL DE LA EXPRESIÓN "ESPECTÁCULO PÚBLICO", PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE LA EXENCIÓN DE ESE TRIBUTO SOBRE LOS INGRESOS OBTENIDOS POR EL BOLETO DE ACCESO A LOS MUSEOS (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2014).
- Registro digital 31477
El derecho a la protección de datos personales es de titularidad exclusiva de las personas físicas, por lo que las personas morales no pueden invocar su vulneración cuando se les obliga a informar sobre los datos personales de sus socios o accionistas.
- Registro digital 31473
El interés legítimo para impugnar una norma general de carácter tributario requiere la acreditación de una afectación actual, real, jurídicamente relevante y diferenciada del resto de la sociedad, no bastando la mera especulación de posibles consecuencias económicas futuras.
- Registro digital 31461
La suspensión provisional es improcedente respecto de los efectos y consecuencias del artículo 82, fracción XLII, del Código Fiscal de la Federación, cuando se impugne como norma autoaplicativa y no exista medio de convicción que evidencie la imposición de una sanción o su inminente verificación futura, por tratarse de un acto futuro de realización incierta y condicionado.
- PR.A.CS. J/1 A (11a.)
La suspensión provisional es improcedente cuando se impugna una norma como autoaplicativa y no es evidente que sus efectos se materializarán, al tratarse de actos futuros de realización incierta.
- Registro digital 31411
El derecho a una defensa adecuada en procedimientos administrativos que impliquen la potestad punitiva del Estado, como el arresto por conducir en estado de ebriedad, exige la intervención de un profesional del derecho, aun cuando el infractor renuncie a su defensa o no la solicite, ante la presunción de que su estado de intoxicación puede mermar su capacidad para tomar decisiones racionales y ejercerla por sí mismo.
- Registro digital 31421
La compensación civil no constituye un medio de pago del impuesto al valor agregado, ni puede dar lugar a una solicitud de saldo a favor o acreditamiento de dicho impuesto.
- 2a./J. 19/2023 (11a.)
La compensación, como forma de extinción de las obligaciones, no es un medio de pago que dé lugar a la acreditación del Impuesto al Valor Agregado, pues la ley de la materia no la contempla como tal.
- I.10o.A.23 A (11a.)
La validez de las notificaciones practicadas a través del buzón tributario está supeditada a que el contribuyente se encuentre inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes.
- I.10o.A.27 A (11a.)
La devolución del saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA) puede ser solicitada por el contribuyente aun cuando inicialmente haya optado por acreditar dicha contribución conforme al artículo 6o. de la Ley del IVA, si no lo hizo efectivamente en el ejercicio respectivo, al no implicar una variación en la opción elegida para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar contribuciones a su ca
- Registro digital 31401
La objeción de facturas electrónicas, para desvirtuar su valor probatorio, debe estar sustentada en medios de convicción idóneos que acrediten la falsedad de las operaciones documentadas, pues la mera manifestación de desconocer las firmas o la recepción de los servicios es insuficiente para restarles eficacia probatoria.
- Registro digital 31404
I. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. EL PLAZO DE TREINTA DÍAS NATURALES PARA SU PROMOCIÓN, COMIENZA A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE LA NORMA GENERAL IMPUGNADA, SIN QUE DEBAN EXCLUIRSE LOS DÍAS INHÁBILES AL REALIZAR EL CÓMPUTO RESPECTIVO, EN LA INTELIGENCIA DE QUE, SI EL ÚLTIMO DÍA FUESE INHÁBIL, LA DEMANDA PODRÁ PRESENTARSE AL PRIMER DÍA HÁBIL SIGUIENTE (ARTÍCULO 60, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY REGLAM
- Registro digital 31389
La capitalización de intereses moratorios prevista en el artículo 276, fracciones II y VIII, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, no contraviene los principios de fundamentación y motivación legislativa, al tratarse de una regulación financiera que no involucra categorías sospechosas que exijan una motivación reforzada.
CPEUM art. 1CPEUM art. 14CPEUM art. 16CPEUM art. 17CPEUM art. 73 - Registro digital 31375
La tasa de interés moratorio pactada en un pagaré entre particulares debe ser analizada bajo el parámetro de la Tasa de Interés Efectiva Promedio Ponderada (TEPP) para clientes no totaleros, debiendo aplicarse la tasa más baja publicada por el Banco de México, en virtud de que el crédito no fue otorgado por una institución bancaria que erogue gastos de infraestructura y personal.
CPEUM art. 17CFF art. 88 - Registro digital 31359
I. CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. SOBRESEIMIENTO POR AUSENCIA DE CONCEPTOS DE INVALIDEZ (LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL). II. CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, TRATÁNDOSE DE NORMAS GENERALES, ES DE TREINTA DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACIÓN O AL EN QUE SE PRODUZCA SU PRIMER ACTO DE APLICACIÓN, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 21, FRACCIÓN II, DE